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ENERGÍA RENOVABLES

Una sentencia anula los primeros pagos de la tasa de La Granadella a los parques eólicos

Liquidaciones de 6 meses en 2013 y 2014 por más de 106.000 euros y la empresa las ha recurrido todas desde entonces || El fallo pone en jaque una ordenanza pionera en Catalunya para gravar los molinos

Molinos del parque eólico de Sant Antoni, en el municipio de La Granadella.

Molinos del parque eólico de Sant Antoni, en el municipio de La Granadella.

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El juzgado contencioso administrativo número uno de Lleida ha declarado nulos los primeros recibos de la tasa municipal de La Granadella a los parques eólicos del municipio. Se trata de liquidaciones de seis meses en los años 2013 y 2014 que suman 106.151 euros, si bien la empresa propietaria de los molinos, Tarraco Eólica, las ha impugnado todas desde entonces y el ayuntamiento nunca las ha cobrado (ver claves). El fallo pone en jaque la primera y hasta ahora única ordenanza fiscal creada en Catalunya para gravar los aerogeneradores.

La sentencia anula las liquidaciones al considerar que la ordenanza fiscal en que se basan no se ajusta a la ley estatal de haciendas locales. Argumenta que las tasas sobre el uso del dominio público local deben ser del 1,5% de la facturación de las empresas, cuando el consistorio aplica un 1,7%. Destaca que la mayor parte de las instalaciones eólicas en el municipio “están en terrenos privados”, mientras que, en las que están en terrenos de propiedad municipal, “se desconoce si son bienes patrimoniales o de dominio público”.

La sentencia llega en pleno debate sobre el canon que la Associació de Municipis Eòlics pide para los molinos

El fallo aún no es firme y el alcalde de La Granadella, Carles Gibert (ERC), avanzó que el ayuntamiento lo recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Gibert añadió que no se plantean por ahora modificar la ordenanza y defendió aplicar un gravamen del 1,7% de la facturación, al considerar que esta es la media de lo que las empresas del sector pagan a los municipios que acogen molinos, a través de convenios con los ayuntamientos.

En el caso de La Granadella, el actual gobierno de ERC rescindió el convenio que el anterior consistorio de CiU firmó con Tarraco Eólica, al considerar que el municipio podía obtener más ingresos mediante la la tasa municipal, así como del IAE y el BICES. El consistorio sí cobra estos dos impuestos, que le suponen unos 300.000 euros al año. Asimismo, reclama a la empresa tres millones por permisos de obras. La sentencia llega en pleno debate sobre la creación de un canon para gravar los parques eólicos, algo que plantean la CUP, Catalunya Sí que es Pot y la Associació de Municipis Eòlics, que reúne a 30 ayuntamientos y que preside Gibert. El alcalde defiende este canon, de un 1,5% de la facturación de los parques, como un medio para financiar tanto el desarrollo de la energía eólica como el de las poblaciones que acogen molinos, para dotarlas de ingresos estables vinculados a los aerogeneradores.

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