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TRIBUNALES SENTENCIA

Condenado a tres años y medio por matar a una joven leridana en Salou

La Audiencia de Tarragona le aplica los atenuantes de drogadicción y confesión

Vista de la sede de los juzgados en el Canyeret.

Vista de la sede de los juzgados en el Canyeret.SEGRE

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La Audiencia de Tarragona ha condenado a tres años y medio de prisión a Claudio Augusto Santana por matar a una joven leridana en Salou durante un juego sexual. La sentencia llega después de que un jurado popular declarara culpable al acusado por unanimidad por un homicidio imprudente, al entender la sala que no tenía intención de matar a la joven, Sara, pese a que conocía los riesgos de la asfixia. Asimismo, la Audiencia impone al acusado una orden de alejamiento de la madre de la víctima, que vive en Bellpuig, localidad en la que Santana no podrá residir durante ocho años. La Fiscalía y la acusación particular pedían una condena de seis años.

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 22 de agosto de 2016. En ese momento, el acusado, de nacionalidad brasileña, residía en Salou con su mujer y su hijo, La víctima, de 28 años, se había trasladado de Lleida a Salou para ejercer la prostitución. El día de los hechos, el acusado contactó con un amigo para que le proporcionara sustancias estupefacientes y una chica con la que mantener relaciones sexuales.

El condenado deberá indemnizar a la madre y a la hermana y no podrá vivir en Bellpuig durante 8 años

La víctima acudió al domicilio del ahora condenado y estuvieron juntos durante unas cinco horas. En un momento dado, cuando la joven quiso irse, el investigado la agarró por el cuello y la asfixió mientras mantenía relaciones con ella. La víctima estaba maniatada con prendas de ropa y de espaldas al hombre. La causa de la muerte fue por asfixia mecánica por compresión cervical, estrangulación y anoxia cefálica. Según la sentencia, no ha quedado probado que Sara consintiera la asfixia como práctica sexual. No fue hasta el día siguiente que el ahora condenado acudió a la comisaría de los Mossos d’Esquadra y reconoció los hechos. Pese a esto, la Audiencia señala que el jurado consideró que la muerte se produjo por una imprudencia grave, ya que el acusado conocía los riesgos. El tribunal le aplica las atenuantes de drogadicción y confesión y le condena a indemnizar a la madre de la joven con 50.000 euros y a la hermana, con 15.000 euros.

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