SEGRE

TRIBUNALES SENTENCIA

Absueltos de traficar con 'maría' en La Seu por un error en el registro

La Audiencia afirma que los Mossos no tenían la orden judicial para entrar en un club cannábico || Pedían penas de hasta 7,5 años de prisión para los acusados

Imagen de la marihuana incautada por los Mossos.

Imagen de la marihuana incautada por los Mossos.MOSSOS D’ESQUADRA

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La Audiencia de Lleida ha absuelto a los tres miembros de la asociación cannábica A Medical Grass de La Seu d’Urgell, que se enfrentaban a peticiones de hasta siete años y medio de prisión, al determinar que el registro que hicieron los Mossos d’Esquadra en la sede de la entidad fue ilegal porque no tenían la orden judicial correspondiente. Precisamente, esta era la principal prueba de cargo contra los acusados que tenía el Ministerio Público, ya que durante la intervención incautaron 523 gramos de ‘maría’, 35,8 de hachís y un documento con el precio de las sustancias. En el juicio, los agentes de los Mossos d’Esquadra admitieron que la entrada en la sede se produjo conjuntamente con la Policía Local de La Seu d’Urgell, que acudieron al local por un tema administrativo. De esta forma, el tribunal considera que hubo un “error en la valoración de la prueba” que supone la anulación del registro.

La Fiscalía solicitó una condena de siete años y medio para el presidente del club por los delitos contra la salud pública y asociación ilícita, sendas penas de cuatro años y medio de cárcel para los otros dos acusados y una multa de más de 30.000 euros. Los tres imputados negaron que se dedicaran al tráfico y afirmaron que todos los socios debían consumir en el interior del local. Sin embargo, los agentes afirmaron que, pese a ser un club privado, estaba abierto al público y que muchas personas se dirigían al local para comprar la droga.

Incautaron 523 gramos de ‘maría’, 35,8 de hachís y un documento con las tarifas de las sustancias

Los Mossos contabilizaron un total 865 socios, entre ellos menores de edad (cuando la edad mínima para acceder era 21 años) y un discapacitado. Un socio que declaró como testigo afirmó que fueron engañados por el presidente (uno de los acusados) y otro de los fundadores y que “parecía una asociación pero no lo era. Allí se vendía droga”. Pero el asunto se ha saldado con una absolución. La Fiscalía no recurrirá.

Un caso de Lleida y otro de Balaguer, también sin condenas ? La Audiencia de Lleida absolvió en marzo al presidente de la asociación cannábica Capri Club, en el barrio de Cappont de Lleida, de un delito contra la salud pública. Se enfrentaba a una petición de un año y nueve meses de prisión, pero la Audiencia le absolvió porque “siempre ha actuado sin clandestinidad y con el convencimiento de la licitud y la legalidad llevada a cabo por dicha resolución”. El mismo tribunal también absolvió al horticultor de Balaguer Josep Pàmies, al estimar que las 89 plantas que había en su propiedad no eran para el tráfico de drogas sino “un cultivo compartido por personas perfectamente identificadas y consumidoras de tal sustancia, y era para su autoconsumo con fines terapéuticos”. En ambos casos, la Audiencia ratificó absoluciones de los juzgados de lo Penal.

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