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JUSTICIA VIOLENCIA MACHISTA

El Supremo fija como obligatorio alejar al maltratador de la víctima

Establece que deben ser condenados a una orden de alejamiento aunque no hayan causado lesiones || Ante el dispar criterio de las audiencias provinciales

Vista de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.

Vista de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.EFE

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El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que el maltrato a la pareja o expareja sin causar lesión alguna también debe ser castigado con una orden de alejamiento de la víctima, además de la pena de prisión que lleva aparejado este delito. De esta forma, el pleno de la Sala de lo Penal del alto tribunal ha unificado doctrina en este asunto sobre el que las audiencias provinciales no seguían una misma línea. Asimismo, hasta ahora no existía jurisprudencia de esta misma sala.

En la sentencia, en la que ha sido ponente el juez Pablo Llarena, el Supremo determina que “el delito de golpear o maltratar sin causar lesión” (conocido como maltrato de obra) a la pareja o expareja y sin que esta precise asistencia médica debe llevar “de forma imperativa la pena accesoria de prohibición de aproximación de la víctima”. Según el fallo, estaba conducta deberá estar comprendida en el artículo 57 del Código Penal, que impone una orden de alejamiento a la víctima para los autores de delitos de homicidio, torturas, contra la libertad sexual o lesiones, en los que la pareja agredida tenga un vínculo sentimental con el condenado. En este sentido, para el Supremo, cuando el artículo habla de los delitos “de lesiones” no puede interpretarse desde “un punto de vista puramente gramatical”. De este modo, los magistrados equiparan el artículo 153 del Código Penal -introducido en la reforma de 2015-, que regula el maltrato que causa lesión de carácter menos grave y maltrato de obra que no causan lesión, con el citado artículo 57.

Hasta ahora había juzgados que solo condenaban al alejamiento si había lesiones en la víctima

El Supremo ha llegado a esta conclusión unánime al estudiar un recurso de la Fiscalía contra una sentencia de la Audiencia de Madrid, que dejó sin efecto la prohibición de aproximación impuesta a un hombre que dio una bofetada y otros golpes a su pareja en una calle de Getafe, causando contusiones y heridas por las que no recibió atención médica. El tribunal le impone una orden de alejamiento durante dos años.

Órdenes de protección para 77 mujeres en Lleida en solo tres meses? Los juzgados leridanos dictaron 77 órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia machista en las comarcas leridanas en los tres primeros meses del año, periodo en el que también establecieron la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima en 59 casos. De todas las órdenes de protección, cuatro de ellas fueron para menores de edad. Según los datos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial, las denuncias por violencia machista siguen aumentando en las comarcas de Ponent y en los tres primeros meses del año en los juzgados leridanos se registraron una media de cuatro cada día. La orden de alejamiento es la medida de protección más habitual, junto a la prohibición de comunicación.

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