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TRIBUNALES FAMILIAS

Eximido de pagar una pensión a su hija para no llevarle a la 'indigencia'

El padre solo cobra 100 euros más que su hija, mayor de edad, y tiene una hipoteca || La Audiencia señala que la situación económica del progenitor es crítica

Vista de los juzgados de Lleida en el edificio del Canyeret.

Vista de los juzgados de Lleida en el edificio del Canyeret.SEGRE

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La Audiencia Provincial de Lleida ha eximido a un vecino de Balaguer de pagar la pensión alimenticia de su hija mayor de edad al entender que, de hacerlo, le llevaría a la “indigencia”. De esta forma, el tribunal admite el recurso presentado por el progenitor a las medidas adoptadas en primera instancia tras divorciarse de su pareja. En ese primer fallo, se acordó que el padre abonara una pensión alimenticia de 80 euros al mes a su hija, que ya tiene 21 años y está compaginando sus estudios con un empleo durante los meses de verano y los fines de semana. Tras recurrir, la Audiencia revoca la obligación de pagar esta pensión al señalar que el padre solo percibe 430 euros al mes por subsidio de desempleo, lo que supone algo menos de 100 euros más al mes de lo que cobra su hija. Además, señala que el progenitor debe hacer frente al pago de la hipoteca, los gastos de mantenimiento y de su “propia subsistencia”. Por estas razones, le exime de pagar la pensión, ya que, argumenta dada su edad y su profesión, 57 años y paleta, “sus posibilidades de acceder a un empleo se ven sumamente limitadas”. Según la sala, solo podría afrontar el pago de la pensión si se le aboca a la “indigencia”. Asimismo, la Audiencia amplía el uso y disfrute de la vivienda familiar de uno a tres años por estas dificultades económicas que afronta el padre, ya que su exmujer cuenta con unos ingresos fijos al mes y vive con su madre.

En su sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Audiencia de Lleida recuerda que la doctrina establece que las pensiones alimenticias de hijos mayores de edad se mantendrán hasta que estos tengan ingresos propios o estén en disposición de tenerlos y también contempla como causa de extinción el empeoramiento de la situación económica del alimentista “de manera que haga imposible el cumplimiento de la obligación sin desatender sus propias necesidades”. En este sentido, el tribunal recuerda que el padre, además de percibir solo ingresos por un subsidio, también recibe ayuda económica de su hermana y ha solicitado ayuda alimentaria de los servicios sociales de Balaguer para poder subsistir.

La Audiencia admite que el acceso al mercado laboral del padre es complicado por su edad y profesión

Uno de los juzgados más saturados de Lleida es el de familia, que en 2017 superó los 3.000 asuntos. Actualmente, cuenta con un juez sustituto y está previsto que el nuevo juzgado de estas características (el de Primera Instancia número 9) se ponga en funcionamiento en los primeros meses de 2019.

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