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La Generalitat asume la gestión de Boí Taüll

La empresa que se hacía cargo del servicio renunció unilateralmente al contrato

Martí Rafel, director comercial de Nozar.

Martí Rafel, director comercial de Nozar.Amado Forrolla

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El Govern ha acordado asumir la gestión de la estación de esquí de Boí Taüll temporalmente después de que el pasado 8 de noviembre la empresa que se hacía cargo, Promociones Turísticas del Valle, de Grup Nozar, renunció unilateralmente al contrato para la prestación del servicio. El gobierno catalán, que ya era propietario del complejo, ha autorizado este martes a las empresas públicas Actius de Muntanya, S.A. y Avançsa a realizar las actuaciones necesarias con el fin de asegurar la apertura y el funcionamiento de la estación leridana.

El Ejecutivo también ha encargado a las dos empresas públicas elaborar, en un plazo no superior a 3 meses, un informe en el cual se analicen las diferentes alternativas de gestión del complejo así como sus ventajas e inconvenientes. En el mencionado informe también se incluirán los requisitos que se tendrán que cumplir para la licitación, adjudicación y contratación pública en cumplimiento de aquello que prevé la Ley.

El Govern ha informado de que ha tomado esta decisión "excepcional y de urgencia" debido al inminente inicio de la temporada de invierno 2018-2019 de la estación de esquí, que constituye un elemento clave en la actividad económica y de generación de puestos de trabajo directos e indirectos en la Vall de Boí y en la Comarca de la Alta Ribagorça. En concreto, depenen de la estación de esquí unos 140 puestos de trabajo directos y más de 300 de indirectas.

La sociedad Actius de Muntanya es la propietaria de l'estació situada en la Vall de Boí que fue adquirida en ejecución del acuerdo de gobierno aprobado el 23 de diciembre de 2014. Los activos de Boí Taüll se arrendaron a la sociedad Promocions Turístiques de la Vall, S. A. hasta el 30 de abril de 2019. Pero el pasado 8 de noviembre de 2018 Promociones Turísticas del Valle renunció unilateralmente al contrato de arrendamiento del cual era titular y, por lo tanto, a la prestación del servicio.

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