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TRIBUNALES SENTENCIA

Absuelto un leridano de revelar que su expareja tenía una relación con su psicólogo

El acusado adjuntó mensajes íntimos en una queja contra el terapeuta || El Juzgado de lo Penal le impuso un año y medio de prisión y ahora queda exculpado

Vista de la entrada de la Audiencia Provincial de Lleida.

Vista de la entrada de la Audiencia Provincial de Lleida.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha absuelto a un leridano que había sido condenado en primera instancia por revelar mensajes íntimos que probaban la relación que mantenían su expareja y el psicólogo de él en una queja que presentó contra el terapeuta ante el Colegio de Psicólogos de Catalunya. En un primer momento, el Juzgado de lo Penal 3 de Lleida le impuso una pena de prisión de un año y medio por un delito de revelación de secretos, al considerar que había vulnerado la intimidad de su expareja al enseñar a un tercero sin su consentimiento los mensajes. Sin embargo, la Audiencia le exculpa porque, según su criterio, la conducta del acusado fue para “ejercer su derecho” de presentar una queja contra su terapeuta al violar el código deontológico (que prohíbe relaciones íntimas entre profesionales y pacientes). La sentencia explica que el acusado acudía a terapia al vivir una crisis con su pareja. Al terminar la relación con su mujer, él siguió yendo al psicólogo. En la separación de bienes, el acusado se llevó un ordenador portátil, que estaba sincronizado con el móvil de su ex, por lo que un día tuvo acceso a un mensaje que iba dirigido a ella. Se trataba de un mensaje íntimo entre la mujer y el psicólogo del acusado. Al darse cuenta de la relación, el hombre imprimió una copia de los mensajes para adjuntarlos en una queja que presentó ante la comisión deontológica del Colegio de Psicólogos de Catalunya al estar convencido de que el psicólogo sabía que era su mujer. En este sentido, la Audiencia señala que el acusado se encontró “de forma accidental” con los mensajes privados de su expareja y que no vulneró su privacidad porque no accedió sin su consentimiento a su dispositivo. Asimismo, descarta que se le pueda condenar por un delito de revelación de secretos, como sí lo hizo el Juzgado de lo Penal, porque reveló los mensajes para “ejercer su derecho” a presentar una queja. Asimismo, la sentencia señala que actuó asesorado jurídicamente.

Aumentan las denuncias por revelación de secretos en Lleida Los Mossos d’Esquadra han registrado en el primer semestre del año un total de 66 denuncias por revelación de secretos en las comarcas leridanas, lo que supone un aumento con respecto al mismo periodo del año pasado. Este tipo de delitos se ha incrementado considerablemente en los últimos años ante el aumento del uso de las redes sociales. De esta forma, las denuncias se han triplicado desde 2011, cuando en seis meses los casos conocidos fueron 22 frente a los 66 de 2019. Según el Código Penal, el delito de descubrimiento y revelación puede ser castigado con hasta cinco años de prisión. En este caso, la Audiencia aplica el artículo 20.7 del Código Penal, que exime de la responsabilidad penal a aquellas personas que cometan un delito en el ejercicio legítimo de un derecho.

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