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SUCESOS TRIBUNALES

Exculpada de la muerte de un niño en unas piscinas de Les Borges

Los forenses determinan que el menor, de 7 años, falleció de forma súbita por una cardiopatía congénita || Archivan la causa contra una monitora por estos hechos

Reconstrucción de los hechos en Les Borges en diciembre de 2018.

Reconstrucción de los hechos en Les Borges en diciembre de 2018.SEGRE

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El titular del juzgado de Instrucción número 2 de Lleida ha archivado la causa penal contra una monitora por la muerte de un niño de 7 años en la piscina del Club Tennis Borges Blanques el 16 de agosto de 2018. En el auto que acuerda el sobreseimiento libre de la causa, el magistrado señala que no se aprecia que la monitora investigada cometiera ningún delito, como el de homicidio por imprudencia grave por el que estaba imputada, ya que, concluye, la muerte del menor no fue por ahogamiento sino por una insuficiencia cardiorrespiratoria “con probabilidad de origen cardíaco”. Según explicó ayer el abogado de la monitora investigada, Pau Simarro, los forenses han determinado que el niño falleció a causa de una cardiopatía congénita y el juez ha determinado que su defendida no cometió ningún delito ni tampoco ningún “acto de irresponsabilidad”. Simarro destacó que el auto señala que la conducta de la monitora no podría haber evitado la muerte del niño, que, según el juez, se produjo “de forma súbita”.

La decisión del juzgado de Instrucción 2 llega después de que la Fiscalía archivara en 2018 la causa contra otro monitor, menor de edad, al no apreciar delito. Ambos monitores trabajaban para la empresa Associació Esportiva Esport Actiu, que gestionaba un casal deportivo en el que participaban diez niños. Enric Rubio, el abogado de la empresa, valoró que “se ha demostrado que la entidad no incurrió en ninguna negligencia, que cumplía con todos los requisitos y que fue una desgracia ajena a la actividad deportiva”. La víctima, vecino de Els Omellons, falleció el 16 de agosto de agosto de 2018 en la piscina del Club Tennis Borges durante un cursillo de natación con otros nueve menores.

El niño no falleció ahogado, sino por una cardiopatía, y la conducta de la monitora no podría haberlo evitado

El pasado mes de septiembre, la Audiencia de Lleida archivó la causa penal contra 3 socorristas investigadas por la muerte de un niño de 6 años que se ahogó en las piscinas municipales de Tàrrega en junio de 2018.

La familia de la víctima recurrirá al entender que hubo negligencia ? La familia del niño fallecido recurrirá el auto del juzgado de Instrucción 2 de Lleida ante la Audiencia Provincial al entender que hubo “negligencia” por parte de los monitores y del club deportivo. El abogado de la familia, Xavier Prats, señaló ayer a este diario que mantienen que hubo “omisión y dejadez en las obligaciones” de los dos monitores que vigilaban a los niños en el cursillo y no se daban las medidas de seguridad necesarias en el centro. Asimismo, insistió en que no había ningún responsable de la empresa que organizaba la actividad, por lo que, consideró, “hubo una negligencia”. El archivo de la causa no es firme y en el auto el juez instructor señala que la familia del menor fallecido puede emprender las acciones civiles o administrativas que considere necesarias.

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