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El Supremo avala el toque de queda en Monzón y Barbastro

Junto a los municipios de Huesca y Jaca || Estima el recurso presentado por el gobierno aragonés contra la decisión del TSJ

Un hostelero recoge la terraza de su establecimiento de Huesca.

Un hostelero recoge la terraza de su establecimiento de Huesca.EFE

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La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha ratificado la Orden de la consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón, del pasado 23 de julio, por la que –por un periodo de 15 días– se adoptan medidas de limitación de la movilidad en horario nocturno entre la 1 y las 6 de la mañana en los municipios de Huesca, Jaca, Monzón y Barbastro por razones de salud pública para la contención del rebrote de coronavirus. En una sentencia de 19 folios, los magistrados han estimado el recurso presentado por el Gobierno de Aragón contra el auto del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la comunidad del pasado 26 de julio por el que se denegaban las medidas solicitadas.

El Supremo considera que las medidas “se hallan justificadas por razones de salud pública y ante la necesidad de evitar la propagación de la pandemia existente”. Los magistrados, además, añadieron que la ley de Salud Pública de Aragón “permite la aplicación de medidas restrictivas de derechos fundamentales” con el objetivo de “contener el riesgo y proteger la salud pública”. Así, subrayaron que la normativa declara que en estos casos “procederá recabar la autorización o ratificación judicial, exigiendo la remisión de informe explicativo del riesgo”.

La suspensión de las fiestas patronales en Aragón se prolonga hasta el 30 de septiembre

En su auto, los magistrados de Aragón insistieron en su negativa al toque de queda al alegar que el Tribunal Constitucional aún no ha resuelto la cuestión de inconstitucionalidad –admitida en febrero– que planteó el propio TSJ al órgano de garantías sobre la ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas para hacer frente a la Covid en la que se ampara en el Gobierno autonómico para aplicar las restricciones. El Supremo, sin embargo, señala que con la interpretación del TSJ aragonés se “está privando a la administración de la posibilidad de utilizar el mecanismo, que, conforme a la legislación sanitaria, permita la adopción de medidas urgentes y necesarias para la protección de la salud”.

Mientras, el Consejo Local de Aragón ampliado ha decidido, por unanimidad, prolongar la suspensión de las fiestas patronales en las poblaciones aragonesas hasta el 30 de septiembre. Inicialmente, se había establecido esta restricción por la pandemia hasta el 31 de agosto.

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