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TRIBUNALES SENTENCIA

Cinco años de prisión por abusar sexualmente de su nieta en Golmés

El TSJC confirma la sentencia impuesta por la Audiencia de Lleida || La víctima relató que sufrió tocamientos del acusado cuando tenía 13 años en su casa

El condenado durante el juicio celebrado en la Audiencia de Lleida el pasado febrero.

El condenado durante el juicio celebrado en la Audiencia de Lleida el pasado febrero.ACN

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha confirmado la condena de cinco años de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de su nieta cuando esta tenía 13 años en Golmés, en el Pla d’Urgell. El tribunal rechaza el recurso presentado por la defensa y ratifica la sentencia dictada el pasado febrero por la Audiencia Provincial de Lleida, que consideró acreditados los hechos que denunció la niña y descartó que el condenado sufra el trastorno mental que alegó durante el juicio. Ahora, el TSJC señala que los psicólogos del Equipo de Atención a la Víctima descartaron fabulación, siendo la menor un testimonio “competente” y compatible con la situación de abuso sexual.

Asimismo, declararon que tardó en contar lo sucedido “para evitar consecuencias familiares negativas”. Durante el juicio, la víctima relató que su abuelo había abusado de ella cuando pasaba unos días en su casa de Golmés en el verano de 2018. Explicó que su abuelo aprovechaba los momentos en los que se quedaban solos para hacerle tocamientos.

Por su parte, la madre de la víctima e hija del acusado declaró que se enteró de los abusos en otoño de 2019, cuando presionó a su hija para que le explicara qué le pasaba con su abuelo al verle un cambio de actitud respecto al acusado. En su sentencia, el TSJC descarta aplicar la eximente completa o incompleta, incluso la atenuante de alteración o anomalía psíquica, al no quedar acreditado que el condenado sufra ninguna patología mental, como ya dijo la Audiencia. Además de los cinco años de prisión, el tribunal le impone otros cinco de libertad vigilada y una orden de alejamiento y comunicación respecto a su nieta por un periodo de otros seis años.

Tampoco podrá ostentar ninguna profesión que implique un contacto con menores de edad durante ocho años y deberá indemnizar a su nieta con 5.000 euros por los daños causados. El TSJC también rechaza el planteamiento de la defensa, que ve desproporcionada la cantidad de la indemnización, al señalar que “cuando sucedieron los hechos la menor tenía 13 años” y “debió soportar el ataque de forma reiterada”. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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