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TRIBUNALES LITIGIO

Tres recursos de Generalitat, obispado y Museu por el arte

El obispo de Lleida, en el juicio en Barbastro en mayo de 2019.

El obispo de Lleida, en el juicio en Barbastro en mayo de 2019.EFE

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El plenario del Consorci del Museu de Lleida acordó ayer, en su segunda reunión telemática en apenas veinte días, presentar antes del jueves una batería de recursos de apelación ante la Audiencia de Huesca por las 111 obras de arte que reclama el obispado de Barbastro-Monzón. El pasado 13 de octubre ya se reunió de urgencia tras hacerse público el ‘aval’ del Tribunal Supremo a la competencia del juzgado de Barbastro en este litigio. En el encuentro de ayer, se puso en común el contenido de los tres recursos que presentarán tanto el Consorcio como también Generalitat y obispado de Lleida.

Así, el Consorci seguirá defendiendo que la propiedad de los bienes en litigio es del obispado leridano y que su ubicación tiene que ser necesariamente el Museu de Lleida. Además, en el recurso insistirá en que el traslado de obras catalogadas como colección debe ser autorizado por el departamento de Cultura, con independencia del propietario de las mismas, razón por la cual recuerda que el juzgado de Barbastro invade competencias de la Administración catalana al ordenar al museo que entregue las piezas. En el recurso incluso se señala que un hipotético envío de las obras debería comportar también un pago por los gastos de conservación y custodia de las 111 obras.

Por su parte, el obispado manifestó su desacuerdo con la referencia en la sentencia de Barbastro a acuerdos anteriores con Aragón (firmados en su día por el obispo Piris y el anterior administrador apostólico Salinas), ya que ahora ha sido demandado por lo civil y no en instancias eclesiásticas y no ha recibido ninguna orden de la Iglesia de retirarse de este litigio. El obispado también insiste en el hecho de que durante el juicio celebrado el año pasado no se valoraron algunas de las pruebas aportadas desde Lleida, como todo el protocolo notarial, e insistió en declararse propietario de los bienes por usucapión (posesión continuada de los bienes), como mínimo.

Finalmente, la Generalitat insistirá en su recurso que la sentencia de Barbastro la condena a una obligación de entrega del arte a pesar de que en su día no fue demandada y, por tanto, no pudo ejercer sus derechos de defensa en el juicio. En este sentido, añade también que no se han respetado sus competencias administrativas en relación a la gestión y salida de bienes culturales del Museu de Lleida.

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