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LEGISLACIÓN TRIBUNALES

Suben los leridanos que suspenden pagos para buscar otra oportunidad

La cifra casi se ha cuadruplicado aprovechando los mecanismos de la nueva ley || Empresarios o personas individuales “ahogadas” por deudas inasumibles

Imagen de archivo del edificio de los juzgados del Canyeret.

Imagen de archivo del edificio de los juzgados del Canyeret.SEGRE

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Cada vez són más los leridanos que se encuentran en una situación de “ahogo” económico que apuestan por iniciar un proceso concursal, antiguamente conocido como suspensión de pagos, para dar salida a su situación. Entre enero y septiembre se han presentado catorce este año frente a los cuatro de las mismas fechas de 2016. Según expertos consultados, la subida se debe a que cada vez son más las personas que conocen la ley de segunda oportunidad e intentan aprochar los instrumentos que les ofrece. Representa una vía para que una persona no arrastre de por vida deudas inasumibles.?

Así lo explican abogados leridanos expertos en esta materia, como Antoni Cudós y Miquel Àngel Alonso, que atribuyen el aumento de los procesos de particulares y empresarios a que estos “tienen intención de acogerse al marco de la ley de segunda oportunidad, ya que cada vez es más conocida”.

Desde que se inicia el proceso concursal hasta quedar libre de las deudas pueden pasar dos años

Puede tratarse, por ejemplo, de personas jurídicas que tienen una empresa o personas físicas sin actividad empresarial, que pueden tener una hipoteca alta o préstamos que les lleven a estar “ahogados” con deudas, avales o fianzas y que jamás podrán atender totalmente. Es entonces cuando se puede iniciar un proceso concursal.

Sin embargo, los expertos advierten de que no todo el mundo puede acudir a dicha solución. Los que hayan sido condenados por delito contra el patrimonio, Hacienda o la Seguridad Social no pueden acogerse.

Para las personas sin actividad empresarial el procedimiento se puede desarrollar ante un notario para intentar llegar a un acuerdo con sus acreedores. Si no se llega a un pacto o en 20 días los acreedores no contestan, el concurso se lleva a un juez, que debe admitir el caso. A grandes rasgos, permite que, tras la liquidación de bienes, y afrontar el 25% de la deuda ordinaria, poder llegar a quedar libre de deudas. En el caso de los empresarios, han de afrontar, sí o sí, las deudas con la Seguridad Social y Hacienda en su totalidad. Si en cinco años el patrimonio del deudor aumenta, tendrá que pagar si se le reclama. El proceso puede durar, según Alonso, entre tres meses y dos años.

En Lleida, son típicos los casos de empleados o autónomos que se quedaron sin trabajo o personas que avalaron deudas de terceros que nunca les pagaron. Cudós aseguró que los procesos concursales crecerían aún más si la ley de segunda oportunidad fuese más conocida.

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