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FISCALIDAD SENTENCIA

El Supremo avala que la prestación por maternidad está exenta del IRPF

UGT cifra en 1.300 millones la devolución entre 2014 y 2017, de los que casi 11 corresponderían a Lleida || En todo el Estado hay más de un millón de beneficiarias

Una madre con su bebé recién nacido a punto de abandonar el hospital.

Una madre con su bebé recién nacido a punto de abandonar el hospital.EFE

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El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria. UGT cifra en 1.300 millones de euros la devolución del IRPF que podrían reclamar las madres por el período entre 2014 y 2017. Teniendo en cuenta el volumen de prestaciones y tomando como base el dato de UGT, en la provincia de Lleida estaríamos hablando de cerca de once millones. Los Técnicos del ministerio de Hacienda (Gestha) calculan que la exención del IRPF a las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social tendrá 1.085.000 beneficiarias en todo el Estado.

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo desestima un recurso de la Abogacía del Estado, que defendía que dichas prestaciones no debían estar exentas del IRPF. El Supremo confirma así una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida en dicho ejercicio.

Los padres y madres afectados pueden reclamar importes desde 2014, el último ejercicio no prescrito

La Agencia Tributaria afirmó ayer que tendrá en cuenta el criterio del Tribunal Supremo a la hora de resolver los procedimientos de devolución de dichas retenciones que puede recibir el organismo fiscal de las madres y padres afectados, según fuentes de este organismo. Las mismas fuentes indicaron que tendrán en cuenta el criterio del Supremo tanto ante los recursos y reclamaciones que se encuentran “actualmente en curso” como los que se puedan presentar en el futuro, a tenor de que se podrán reclamar estos ingresos indebidos desde el año 2014, último ejercicio no prescrito.

Desde Gestha y la OCU, han precisado que los padres y madres que han percibido prestaciones por maternidad y paternidad desde 2014 podrán presentar al fisco una liquidación paralela reclamando la devolución de ingresos indebidos.

El año pasado las prestaciones por maternidad se elevaron a 12,652 millones de euros, una cifra ligeramente inferior a los 13.384 millones del ejercicio de 2016. En total, se referían a 4.241 madres el año pasado, frente a las 4.352 del anterior.

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