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Absueltos los 34 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia

Las acusaciones preparan recursos

Absueltos los 34 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia

Absueltos los 34 acusados en el juicio por la salida a Bolsa de BankiaEFE/Fernando Alvarado/Archivo

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La salida a bolsa de Bankia fue legal y contó con el beneplácito de los organismos supervisores, según la principal conclusión de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, que absuelve tras 8 años de causa a los 34 acusados, entre ellos a Rodrigo Rato, y atribuye falta de "precisión" a la Fiscalía Anticorrupción.

En una sentencia de 442 páginas, el tribunal insiste en que la operación fue seguida de cerca, entre otros, por el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), y sostiene que el folleto que se entregó a los inversores "contenía una amplia y certera" información.

La sección cuarta de la sala de lo Penal -la misma que condenó a parte del banquillo por las tarjetas "black" de Caja Madrid-, recuerda que todo el proceso previo al salto al parqué del 20 de julio de 2011 "fue perfectamente conocido, supervisado y autorizado por el Banco de España, y contó con el asentimiento del Ministerio de Economía".

Una versión que defendieron acusados como Rato, que aseveró que la salida a bolsa, al igual que la fusión, no fue una "decisión empresarial, sino legal", de la que eran "totalmente partidarios" tanto el Banco de España como el Gobierno, tras las nuevas exigencias a las cajas.

A este extremo se refieren los magistrados en su sentencia, conocida prácticamente un año después de que dieran por concluida la vista oral, en la que descartan cualquier sospecha sobre el proceso de integración de las siete cajas de Bankia a finales de 2010.

El tribunal que preside la juez Ángela Murillo remite a la valoración del Banco de España, que "consideró que el contrato de integración era sólido y consistente", avalando "sin cortapisas su viabilidad (y) conociendo a la perfección la situación de las cajas por las inspecciones".

Precisamente este organismo, como "institución que tiene atribuidas las competencias para fijar la normativa contable", también dio su visto bueno a las cuentas individuales de cada una de las siete entidades.

Lo hizo, prosigue, "en un proceso interno de debate en el que participaron diferentes Direcciones Generales, y cuya única voz discrepante residió en el jefe de la División de Normativa Contable".

Por lo que respecta a la salida a bolsa, la Sala constata que tanto la decisión de realizar la operación como la determinación de hacerlo con la estructura de doble banco fueron resoluciones "enteramente contempladas por el Banco de España", que además las aprobó después de calibrar las ventajas y los inconvenientes que dichas decisiones conllevaban.

El organismo, a través de su Servicio de Inspección, "supervisó y aprobó todos los pasos seguidos", realizando un análisis pormenorizado de la operación, todo lo cual" no ha sido desmentidos en momento alguno por las acusaciones", que pretendieron "ignorarla en un baldío intento de desentenderse de tan contundentes datos".

Dentro de los reproches destacan los dirigidos a Anticorrupción, que en la recta final del juicio amplió la acusación al añadir un presunto delito de falsedad contable al de estafa a los inversores.

Ello supuso endurecer las penas solicitadas, entre otros, para Rato, para el que pasó a reclamar ocho años y medio de cárcel como principal autor de ambos delitos, y su exvicepresidente, José Luis Olivas, para quien pidió cinco años de prisión, e incluir en la lista a los entonces miembros de las comisiones de auditoría del grupo BFA-Bankia, contra los que no se dirigía inicialmente.

En opinión de los magistrados, este cambio de criterio de la fiscal Carmen Launa -que se incorporó al proceso en pleno juicio, tras el ascenso a la jefatura de esta fiscalía especializada de Alejandro Luzón- fue "radical" y no se fundamentó "en actividad probatoria alguna practicada en el plenario, complementaria o distinta de la llevada a efecto en el transcurso de los cinco años que duró la instrucción de la causa".

La decisión del Ministerio Público se basó pues en "extremos" que "llaman poderosamente la atención", sostiene la sala, que afea que Anticorrupción pusiera el foco en la "inadecuada gestión precedente" de dos de las cajas integradas, Caja Madrid y Bancaja, cuando se trataban de hechos al margen de la investigación.

Para ello, continúa, pretendió introducir en el debate "errores, omisiones, anomalías y desajustes de las cuentas relativas a ejercicios muy anteriores, hasta del 2007".

Sin embargo, recalcan los jueces, para "sostener con posibilidades de éxito semejante acusación", debería haber acusado a los responsables de las siete cajas en fase de instrucción y, consecuentemente, haber propuesto una pericia de las entidades.

La sentencia, que detalla el conocimiento y el "beneplácito" a la salida a bolsa por parte de los organismos reguladores y supervisores, incluidos el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y la Autoridad Bancaria Europea, también respalda el trabajo de los antiguos gestores.

Sobre Rato, avala su papel al frente de la entidad desde el proceso de integración, una operación que "obedeció a decisiones adoptadas por las autoridades económicas, sin iniciativa alguna por parte de los acusados".

Los jueces descargan asimismo a Olivas, uno de los protagonistas del juicio por sus desencuentros con la fiscal, la misma que le investiga por supuestas irregularidades en Banco de Valencia, participada de Bancaja de la que fue presidente.

Tampoco ven delito en la conducta del exconsejero José Manuel Fernández Norniella y el exdirector de riesgos Ildefonso Sánchez Barcoj, en tanto que el primero llegó a informar "del deficitario estado del grupo inmobiliario", y no se ha realizado "la más mínima referencia" a la supuesta colaboración del segundo con el presidente para ocultar deterioros.

Tras conocer el fallo, las acusaciones han manifestado su malestar con una sentencia que califican de "injusta".

Según han indicado a Efe fuentes jurídicas, la Fiscalía Anticorrupción tiene aún que leer detenidamente el veredicto de la sala.

Una de las acusaciones particulares, la ejercida por la asociación Adicae, no descarta llevar la absolución al Tribunal Supremo aunque permanecerán atentos "a ver qué hace Fiscalía".

Por su parte, el presidente de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), Gonzalo Postigo, acata la sentencia pero no la comparte, y apunta a la jurisprudencia civil del Supremo, que "se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre la inexactitud y los errores considerables" del folleto informativo de la salida a bolsa.

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