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POLÍTICA ECONÓMICA

Moncloa extiende a diez años el plazo de los créditos ICO para 8.300 empresas de Lleida

Han recibido financiación por 1.300 millones, de los que casi mil están avalados por el Instituto de Crédito Oficial || Fija los criterios para que, en última instancia, la banca conceda posibles quitas

Las titulares de Hacienda, de Trabajo y de Comercio y Turismo, ayer tras el Consejo de Ministros.

Las titulares de Hacienda, de Trabajo y de Comercio y Turismo, ayer tras el Consejo de Ministros.MONCLOA

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El Consejo de Ministros aprobó ayer el Código de Buenas Prácticas al que las entidades financieras podrán adherirse para facilitar la renegociación de la deuda avalada contraída por las empresas y los autónomos, que contempla la extensión del plazo de vencimiento de los créditos ICO a diez años, la conversión dichos créditos en préstamos participativos y la posibilidad de aplicar quitas para reducir la deuda avalada. Esta medida puede afectar a 8.300 empresas de Lleida que han recibido financiación por 1.300 millones de euros, de los que casi mil están avalados por el Instituto de Crédito Oficial.

El acuerdo establece las líneas de actuación y requisitos para que las empresas y autónomos puedan reestructurar su deuda. Las entidades financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante del beneficiario hasta el 31 de diciembre de 2022.

Podrán extender hasta diez años el plazo de amortización de los préstamos avalados, frente a los ocho actuales, al tiempo que los periodos de carencia podrán ampliarse más allá de dos años, siempre con previo acuerdo entre el cliente y el banco. Esta medida será de obligada aplicación por las entidades que hayan suscrito el Código de Buenas Prácticas para las empresas que lo soliciten y que cumplan los requisitos establecidos, entre otros, no estar en mora de ninguno de los préstamos que tenga suscritos con la entidad, ni estar en procedimiento concursal y haber registrado una caída de la facturación en 2020 respecto a 2019 de al menos el 30%.

Cuando no se cumpla la caída mínima de la facturación, será posible la ampliación del vencimiento por acuerdo entre las partes.

Las empresas y autónomos deberán acreditar una caída de su facturación de al menos el 30 por ciento

La quita se plantea solo como medida de último recurso. Se contempla la realización de transferencias directas a autónomos y empresas para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia, un eje que se ve apoyado con la creación de una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones.

La reducción podrá ser del 50% del principal avalado pendiente de cada operación si la caída de la facturación de la empresa o autónomo en 2020 fue inferior al 70%, y de hasta 75% del importe avalado si la caída superó el 70%. Para optar a estas transferencias, la empresa o autónomo deberá haber registrado una caída de la facturación en 2020 del 30% y pérdidas netas en dicho ejercicio.

Pimec pide estudiar que se anulen deudas a los autónomos

El director del Observatorio de la Pimec, Modest Guijoan, pidió ayer al Estado que estudie la posibilidad de condonar la deuda que tienen los autónomos con la Seguridad Social, Hacienda o los créditos avalados por el ICO en el caso de que no puedan devolverlos. Así lo dijo al presentar el informe Los autónomos en Catalunya 2009-2020 junto con la presidenta de Autònoms Pimec, Elisabet Bach.

Aseguró que “el tiempo de las ayudas directas ya ha pasado” y que esta condonación podría ser la salida adecuada, por lo que pidió al Gobierno de Pedro Sánchez que lo ponga en marcha si es necesario, ya que, apuntó, sería un mecanismo para revertir la delicada situación de los autónomos. Bach señaló que este endeudamiento ha surgido “para aguantar” una situación excepcional que se ha alargado durante un largo periodo de tiempo y que será necesario ver quién lo acaba asumiendo.

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