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TRANSPORTE TRIBUNALES

Rechazan competencia desleal de BlaBlaCar

Tres pasajeros compartiendo un vehículo.

Tres pasajeros compartiendo un vehículo.

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El juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha desestimado la demanda por competencia desleal interpuesta por la Confederación de Transporte por Autobús (Confebús) contra BlaBlaCar al entender que la plataforma realiza una actividad ajena a la regulada por la Ley de Transporte Terrestre. En la sentencia conocida ayer, el magistrado asegura que “salvo desviaciones excepcionales”, BlaBlaCar solo pone en contacto a particulares “con más o menos requisitos, con un control de pagos, con una crítica de las personas intervinientes sobre retrasos y sobre la calidad de otros servicios”, lo que no entra en competencia con el sector. El fallo contradice así los argumentos de la patronal, que acusa a la plataforma de actuar como intermediaria de un servicio de transporte profesional sin licencia y que habría contribuido a la caída del tráfico en autobús.

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