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Sanciones por la apología de la anorexia y la bulimia

  • AGENCIAS
Actualizada 23/01/2019 a las 10:38
Una bona imatge corporal, una de les causes d’aquests trastorns.

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© Una bona imatge corporal, una de les causes d'aquests trastorns.

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La Generalitat podrá perseguir y sancionar con multas de hasta 100.000 euros los contenidos que hacen apología de los trastornos alimentarios, como la anorexia y la bulimia, en páginas web, blogs y redes sociales, gracias a una modificación del Código de consumo de Catalunya que ha ampliado la responsabilidad a los intermediarios.

El Consell Executiu aprobó ayer un decreto ley que modifica el Código de consumo y dota al Govern de un marco legal para vigilar estos contenidos y sancionar a los intermediarios -ya sean empresas, plataformas o servicios digitales- que no borren estos contenidos, responsabilizando a los intermediarios además de los emisores.

 


El Govern tendrá un marco legal para vigilar estos contenidos y sancionar a quienes no los borren

 

La modificación incluye las personas susceptibles de sufrir trastornos alimentarios en las relaciones de consumo entre los colectivos que requieren especial protección, y tipifica como infracción grave la promoción, publicidad, oferta y cualquier forma que fomente o induzca hábitos no saludables o trastornos alimentarios.

Entre los deberes de las empresas, se introduce la obligación de no llevar a cabo actividades relacionadas con la puesta en el mercado de bienes y servicios que fomenten o induzcan en los consumidores hábitos no saludables o trastornos, y se amplía a los intermediarios en los servicios de la sociedad de la información la responsabilidad de la veracidad y la legalidad de lo publicado.

De esta forma, las personas, plataformas digitales y servicios que encubran una conducta infractora en este ámbito podrán ser sancionados si no suprimen o retiran el enlace o contenidos afectados.

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