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La justicia europea avala que los empresarios prohíban símbolos religiosos en el trabajo

Niega que sea discriminatorio para las mujeres musulmanas

Imagen de archivo de mujeres cono velo y niqab en Lleida.

Imagen de archivo de mujeres cono velo y niqab en Lleida.Lleonard Delshams

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El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado que una empresa prohíba el uso de cualquier tipo de símbolos religiosos o políticos, sean grandes o pequeños, en el puesto de trabajo.

En su opinión no vinculante publicada este jueves, el letrado defiende que la medida no discrimina directamente a los trabajadores que, por mandamientos religiosos de cubrimiento, tengan que llevar ciertas indumentarias, como es el caso de las mujeres musulmanas con el velo islámico.

Por otra parte, el letrado europeo también aprueba que una empresa privada, en el marco de su política de neutralidad, restrinja únicamente los símbolos religiosos grandes y ostensibles. Sería el caso del velo islámico, según el Abogado General.

En cambio, el letrado avala que el empresario permita los símbolos religiosos o políticos visibles, pero pequeños, en esta política de neutralidad. Ahora bien, considera que estas normas internas de la empresa se tienen que aplicar de forma "congruente y sistemática" para evitar una discriminación.

El Tribunal de Justicia de la UE se pronunciará en los próximos meses sobre este caso que ha llegado a Luxemburgo por dos trabajadoras en Alemania que se opusieron a la prohibición de sus empresas de llevar símbolos visibles de creencias religiosas o políticas.

En concreto, las dos reclamaban su derecho a llevar el velo islámico mientras trabajaban y han acabado a los tribunales alemanes para reivindicarlo.

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