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Cuidado con dejar a una mascota sola en la terraza o el patio: Hay multa

Un perro en un balcón.

Cuidado con dejar a a una mascota sola en la terraza o el patio: hay multa

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Según datos de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (ANFAAC), en el estado español hay alrededor de 28 millones de mascotas, un ranking que encabezan los peces, seguidos de los pájaros, los perros y los gatos. Hace unos meses se aprobaba el anteproyecto de ley de Protección Animal que ya apunta a cambios en el cuidado de las mascotas.

Uno de los puntos clave de la nueva ley es que los animales tendrán que inscribirse en un registro público para llevar un mayor control, además de una norma que apunta que los animales no podrán estar "de forma permanente en terrazas, balcones, sótanos o patios". Según la normativa actual, en varias zonas existen prohibiciones de que los animales permanezcan demasiado tiempo en el exterior de las viviendas.

La Comunidad de Madrid "prohíbe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios, debiendo pasar en cualquier caso la noche en el interior de la vivienda". Las sanciones suelen estar entre los 150 y los 300 euros en las infracciones leves, aunque puede llegar a los 15.000 euros si son muy graves. En Andalucía o Castilla y León también se aplica esta norma, de carácter municipal, por lo que hay que vigilar bien si en cada localidad está vigente o no. De esta manera, dejar al perro en la terraza o en el patio toda la noche es un gesto por el que se puede ser sancionado, considerándose una infracción leve que acarrea una multa de entre 150 y 300 euros. Pero ojo hay localidades que reformulan la norma, como Arroyomolinos, donde la multa va desde los 300 hasta los 3.000 euros.

Por lo que se refiere a Lleida, en el artículo 46 de la Ordenanza municipal de civismo y convivencia de Lleida, referente a Ruidos Molestos, consta que "las personas poseedoras de animales domésticos o de compañía están obligadas a adoptar las medidas necesarias para impedir que la tranquilidad del vecindario sea alterada por el comportamiento de sus animales." mientras que "no respetar el descanso de los vecinos" está tipificado como infracción leve. No obstante, una de las infracciones tipificadas como grave es "alterar el orden público y el descanso vecinal" así como "elevar los niveles sonoros por encima de los límites establecidos". 

De acuerdo con el artículo 141 de la Ley 7/1985, de 2 d’abril, reguladora de les bases del regimen local, las sanciones correspondientes, con caràcter general, por las infraccions cometidas en esta Ordenanza seran por una infracción leve una multa de 30 a 600 euros y por una grave multa de de 600,01 a 1.500 euros.

Cómo actuar

Si después de tratar el tema de manera personal, el dueño del animal no soluciona el problema, se puede comentar con otros propietarios o tratar la situación en una comunidad de vecinos. No obstante, si el sonido de los ladridos continúa, el siguiente paso es avisar a la policía local para que den un toque de atención al propietario del perro y, en su caso, midan el nivel de ruido.

Además de poner una demanda en el Juzgado de Primera Instancia, también se puede presentar un escrito en el Ayuntamiento del municipio alegando que se está infringiendo algún punto de las ordenanzas municipales relacionadas con la contaminación acústica o la tenencia de animales en las viviendas. De este modo, también es posible que el organismo público inicie un procedimiento sancionador contra el dueño del perro.

En cualquier caso, el artículo 1905 del Código Civil establece que: “el poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido”.

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