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Cambian 29 meses de prisión por 168 días de trabajos comunitarios por agarrar del cuello a su hija y empujar a su mujer

Una maza de juez.

Una maza de juez.

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La Audiencia Provincial de Cantabria ha acordado sustituir una pena de 29 meses de prisión por 168 días de trabajos en beneficio de la comunidad a un hombre condenado por dos delitos de violencia doméstica y uno de género, cometidos ambos en la modalidad de maltrato físico, por agarrar del cuello a su hija y empujar a su esposa, que se cayó al suelo. Así lo ha acordado la Sección Tercera de la AP en una sentencia que revoca parcialmente otra del Juzgado de lo Penal número 5 de Santander, dictada tras un juicio rápido celebrado en febrero de este año.

La nueva resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima en parte un recurso interpuesto por el despacho penalista Ospina Abogados, y acuerda el citado cambio en base a la "levedad o falta de gravedad" de los hechos enjuiciados. "No se han causado lesiones siquiera leves ni consta ninguna otra circunstancia de especial relevancia", justifica el tribunal, que también ha tenido en cuenta las circunstancias personales del acusado. Entre ellas, que es "el sustento económico de la familia", con lo que su "eventual ingreso en prisión supondría el no poder trabajar ni pasar pensión a las menores". A ello se suma la conformidad expresa del procesado a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, según el tribunal, que subraya "la más absoluta falta de motivación por la juez de instancia de la pena impuesta" de prisión. El hombre fue condenado a un total de 29 meses de cárcel por dos delitos de violencia doméstica y uno más de violencia de género, cometidos en enero de este año y todos ellos en la modalidad de maltrato físico.

Según los hechos probados en la sentencia de instancia, sobre las 20.00 horas del día 17 y durante una discusión con su hija de 15 años en el domicilio familiar, "guiado por el ánimo de menoscabar su integridad física, forcejeó con ella y la agarró con fuerza del cuello". Y a continuación, al intervenir su esposa para evitar la agresión, la empujó y, tras caer al suelo, con la intención de "menoscabar la dignidad" de la mujer, la insultó. La jueza también consideró probado que en septiembre del 2021 el procesado, con la misma actitud y también en el transcurso de una discusión con su hija menor, la "agarró con fuerza del cuello". El hombre fue condenado por los dos delitos de violencia doméstica a las penas de siete meses y un día de prisión y un año de cárcel, y por el ilícito de violencia de género a diez meses más de prisión, que hacen un total de 29 meses (dos años y cinco meses).

Además, por cada uno de los ilícitos se le prohibió llevar y tener armas durante dos años, aproximarse a su hija y/o mujer, domicilio o lugar de trabajo a menos de 300 metros o comunicarse con ellas por cualquier medio durante el mismo tiempo, en el que también se le inhabilita para el ejercicio de la patria potestad. Por otro lado, fue absuelto del delito leve de injurias del que venía siendo acusado.

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