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TRIBUNALES

El rey emérito se ampara en la presunta implicación del CNI en el acoso a Corinna para reivindicar su inmunidad

Corinna responde que Juan Carlos solo sería inmune si el CNI hubiera actuado en interés de España

La defensa de Corinna insiste en que el acoso del emérito fue un acto privado

La defensa de Corinna insiste en que el acoso del emérito fue un acto privadoEFE/EPA/ANDY RAIN

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Los abogados del rey emérito han presentado este martes a la Corte de Apelaciones de Inglaterra y Gales los argumentos por los que consideran que debe revocarse la decisión inicial del juez Mathew Nicklin de no reconocer inmunidad ninguna a Juan Carlos I por el presunto acoso denunciado por su ex amiga íntima Corinna Larsen, poniendo el foco precisamente en que, si según ella el CNI participó en los hechos por orden del entonces monarca, serían "actos soberanos" e inmunes.

Durante esta vista oral, que ha durado poco más de cinco horas en una doble sesión de mañana y tarde, el tribunal ha analizado la apelación formulada por los abogados del ex jefe de Estado para revertir la decisión adoptada el 24 de marzo por el juez Nicklin, el cual determinó que Don Juan Carlos no puede alegar ninguna inmunidad para evitar las reclamaciones civiles de Larsen.

Como paso previo, el 18 de julio los magistrados británicos autorizaron al rey emérito a recurrir la decisión de Nicklin, pero solo respecto a los hechos transcurridos entre 2012 y 2014, por lo que la vista de este martes se ha centrado en ese lapso, a pesar de que la demanda de Larsen dibuja un horizonte temporal que llega hasta 2020: primero la habría presionado para retomar la relación y después habría intentado perjudicarla en sus negocios como venganza.

El primero en tomar la palabra ha sido el abogado del antiguo monarca, que ha centrado su alegato --de unas dos horas y media-- en resaltar la trascendencia legal de las "acusaciones específicas" realizadas por Larsen, que describen dos pasajes concretos de 2012: una visita que le habría hecho en Londres el entonces jefe del CNI, el general Félix Sanz Roldán, para amenazarla y un registro que agentes del CNI habrían llevado a cabo en su vivienda de Mónaco para amedrentarla.

El letrado ha razonado que, si según la versión de Corinna el CNI la acosó en una "misión encubierta" llevada a cabo por los servicios secretos españoles en el extranjero por mandato de Sanz Roldán, que a su vez habría actuado bajo las órdenes de Juan Carlos I, se trataría de un caso "clásico" de "actos soberanos" que están amparados por la inmunidad.

Y ello independientemente de que dichos actos pudieran suponer un "abuso de poder" por parte de los agentes estatales que los llevaron a cabo, ha subrayado el abogado del ex jefe de Estado citando abundante jurisprudencia.

En beneficio propio 

En la réplica, que se ha extendido otras dos horas y media, el representante legal de Larsen ha incidido en que el antiguo monarca solo estaría protegido por la inmunidad en el caso de que el CNI hubiera actuado movido por un interés "oficial", esto es, del Estado español, si bien en este caso ha argumentado que lo hizo por un mero interés personal, el del rey emérito.

A su juicio, la cuestión clave que debe resolver la Corte de Apelaciones es si, aunque en ese momento Don Juan Carlos fuera jefe de Estado y pudiera activar al CNI haciendo uso de sus "facultades públicas", realmente lo hizo en su vertiente oficial o a "título privado". A este respecto, ha recordado unas declaraciones efectuadas en 2019 en las que se define a Sanz Roldán como el "gran protector", "aliado" y "amigo" del antiguo monarca. "El acoso en una situación doméstica a una ex pareja es esencialmente un acto privado", aunque para desplegar ese supuesto hostigamiento usara su "influencia" sobre Sanz Roldán, ha resumido.

Cambio de versión 

Sin embargo, el abogado de Juan Carlos I ha indicado que resulta "difícil" pensar que un "ciudadano privado" tuviera la capacidad de poner en marcha la maquinaria del CNI en el extranjero para una "operación encubierta". En este sentido, ha considerado "imposible" desvincular la presunta intervención del CNI del hecho de que Juan Carlos I era en ese momento el jefe del Estado español. Así, ha advertido al tribunal de que el razonamiento de Larsen es una "construcción artificial" para intentar desviar la atención del hecho de que cualquier servicio secreto actúa en términos generales para salvaguardar los intereses del jefe de Estado

El propio tribunal ha interrumpido varias veces al abogado de Corinna para señalarle las contradicciones entre la demanda presentada inicialmente y la modificación posterior. Los magistrados han expuesto que primero dijo que Juan Carlos "usó agentes del Estado español" para acosar a Larsen y después corrigió para redirigir el asunto a una actuación privada de Sanz Roldán con la que habría hecho un favor al otrora rey por razones de amistad. Los jueces británicos han puesto de relieve la importancia de ese matiz. La primera versión, ha explicado una magistrada, supondría asumir la inmunidad de Juan Carlos respecto a los hechos analizados. "No teníamos ninguna intención de implicar al Estado español o sus actividades", ha contestado el abogado de Corinna, al tiempo que ha recalcado que, en todo caso, la demanda modificada es la finalmente aceptada por la Justicia británica.

La misma juez ha avanzado al término de la vista oral que su decisión sobre la inmunidad del rey emérito se conocerá más adelante, avisando de que podría tardar por tratarse de un caso "importante".

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