SEGRE

RECLAMACIÓN

Exige 200.000 euros tras una caída en el Parc de Bombers de Lleida

El ayudante forestal cayó de tres metros y sufre una incapacidad permanente|| La Generalitat le deniega esta indemnización y le ha resarcido por accidente laboral

Vista aérea de la zona del Parc de Bombers de Lleida.

Vista aérea de la zona del Parc de Bombers de Lleida.ITMAR FABREGAT

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Un ayudante forestal del Parc de Bombers de Lleida ha reclamado a la Generalitat el pago de una indemnización de 200.000 euros tras sufrir un accidente laboral en agosto de 2009. Sin embargo, un dictamen de la comisión jurídica asesora de la Generalitat deniega el pago de esta cantidad al entender que el trabajador ya ha sido indemnizado por el siniestro, con 72.000 euros, y que el accidente se debió a una imprudencia.

El afectado sufrió el accidente en agosto de 2009 cuando hacía un traslado de material en el Parc de Bombers de Lleida. Según los informes, durante el traslado y al pasar por una plataforma, la placa cedió bajo sus pies y cayó desde una altura de tres metros. La caída le causó una fractura del pilón tibial izquierdo y trombosis venosa profunda en dicha pierna, por lo que estuvo de baja más de siete meses. Además, a causa del accidente le fue concedida una incapacidad permanente, motivo por el que cobró una indemnización de 72.000 euros.

Tuvo lugar en agosto de 2009 durante un traslado de material del Parc de Bombers a otro almacén

Sin embargo, el trabajador recurrió ante los tribunales el parte de baja, ya que consideró que su recuperación no había terminado, recurso que la Justicia rechazó. Al finalizar el proceso judicial, el ayudante de oficio forestal, adscrito al Parc de Bombers de Lleida, presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el departamento de Interior al entender que hubo una conducta negligente por parte de su superior, al no informarle de las zonas por donde no podía pasar para evitar caídas.

El dictamen de la comisión jurídica asesora de la Generalitat determina que el cabo informó al trabajador de que no podía pasar por esa zona y atribuye el accidente a un “comportamiento poco cuidado y negligente”. Así, concluye que la administración considera que el daño causado es imputable a la conducta del reclamante y constata que el accidente laboral ya fue indemnizado debidamente por la aseguradora por la incapacidad permanente.

Interior alega que la orden era clara y que sabía por dónde no debía ir El dictamen incluye que el cabo responsable del almacén del Parc de Bombers de Lleida acompañó a los tres trabajadores, incluido el reclamante, hasta el almacén viejo donde tenían que hacer el traslado del material. El informe señala que el responsable les indicó por dónde debían pasar y dejar las literas. “Les abrí la puerta y les enseñé el lugar donde tenían que dejar el material que llevaban desde el Parc de Lleida, el acceso al altillo y el lugar por dónde se podía transitar”, relató en su declaración. La administración considera probado que las órdenes fueron claras y correctas, por lo que atribuye el accidente a una negligencia del trabajador. La comisión, como ya ha hecho en otros dictámenes, recuerda la importante dilación en la tramitación del expediente, con fecha de 2011.

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