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JUSTICIA TRIBUNALES

Absuelto de atracar un banco en la Mariola tras ser condenado a 4 años

La Audiencia dice que no hay pruebas y revoca la sentencia del Juzgado de lo Penal || Otros dos hombres reconocieron su autoría y aceptaron 3 años y medio

Imagen de la sucursal el día del atraco, el 29 de diciembre de 2014.

Imagen de la sucursal el día del atraco, el 29 de diciembre de 2014.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha absuelto por falta de pruebas a un hombre que fue condenado por el juzgado de lo Penal número 2 de Lleida a 4 años y ocho meses de prisión por un atraco a mano armada en una sucursal bancaria de la Mariola en 2014. La sentencia considera probado que el 29 de diciembre de ese año tres personas encapuchadas accedieron al interior de la oficina a primera hora de la mañana armados con dos pistolas y una ametralladora y que tras encañonar y amenazar a uno de los trabajadores se hicieron con un botín de más de 98.000 euros y huyeron felicitando la Navidad a los empleados y los clientes. Dos de los acusados por estos hechos aceptaron una pena cada uno de ellos de tres años y medio de prisión, mientras que el tercer acusado se negó a reconocer su autoría, por lo que fue juzgado y condenado a 4 años y ocho meses de prisión. Sin embargo, su abogado, Xavier Segura Minguella, presentó un recurso ante la Audiencia de Lleida, que le ha dado la razón. Y es que el escrito del tribunal provincial leridano asegura que “no existe prueba directa de la participación del recurrente en los hechos” y que la condena se ha basado en indicios. La Audiencia tiene en cuenta que el recurrente ha negado reiteradamente los hechos y que la sentencia del juzgado de lo Penal se fundamenta en la declaración de los dos condenados, que incriminaron a este tercer hombre ahora absuelto. Para ello tiene en cuenta que las declaraciones de los dos condenados no son firmes ni coherentes. De hecho, uno de ellos aseguró que había implicado al tercer acusado porque le dijeron que de hacerlo y autoinculparse podría salir de prisión, algo que ocurrió poco después. “Tales circunstancias generan serias dudas de veracidad en las declaraciones incriminatorias”, asegura la sentencia. Además, también señala que no puede concluirse que el gorro que fue hallado en casa del hombre ahora absuelto fuera el mismo que uno de los atracadores usó durante el asalto. Tampoco tiene en cuenta declaraciones de otros testigos, que asegura que han ido variando y son contradictorias. Por todo ello, la Audiencia de Lleida le absuelve del delito de robo con violencia e intimidación y del pago de la responsabilidad civil.

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