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TRIBUNALES SENTENCIA

Absuelven al presidente de una asociación cannábica de Lleida

Vista de la sede de los juzgados en el Canyeret.

Vista de la sede de los juzgados en el Canyeret.SEGRE

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La titular del Juzgado de lo Penal 2 de Lleida ha absuelto al presidente de la asociación cannábica Capri Club de un delito contra la salud pública al considerar que las plantas de marihuana que le fueron incautadas eran para consumo propio de los socios de dicha asociación. La Fiscalía solicitaba una pena de prisión de un año y nueve meses y una multa de 25.000 euros al considerar que el acusado traficaba con la marihuana y promocionaba su consumo. Tras dictarse la absolución, el Ministerio Público ha recurrido la sentencia ante la Audiencia de Lleida al no ver acreditado el consumo compartido.

En junio de 2016, la Guardia Civil hizo una intervención en una parcela de Alcarràs, que tenía alquilada el acusado, donde halló 18 plantas de marihuana. Al día siguiente, los agentes se incautaron de otras 506 plantas en el interior de una nave de la misma finca que el acusado cultivaba.

La jueza ha absuelto alegando consumo compartido y la Fiscalía ha recurrido

Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que la marihuana incautada se utilizaba para el tráfico, mientras que el acusado señaló que se distribuía entre los socios de la asociación, creada en 2014, tras pagar una cuota por los gastos. El consumo se hacía en un local de Cappont o en el domicilio de los socios. Algo que acreditaron dos miembros de la asociación que declararon en la vista oral como testigos.

La jueza no ve pruebas que apunten a un tráfico de la drogas y lo enmarca en el consumo compartido entre los socios, que tenían un límite de 60 gramos al mes, entre otras normas. La Fiscalía duda de que se pueda considerar consumo compartido, como dice la jueza, a más de 300 personas, número de socios de la asociación en sus inicios (ahora son 140), y ha presentado un recurso ante la Audiencia.

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