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TRIBUNALES SENTENCIA

Condenado por abusar de la hija de 8 años de su pareja

El TSJC rechaza el recurso de un vecino de Lleida y confirma una pena de 4 años y medio|| Da plena credibilidad a la menor

El acusado, durante el juicio.

El acusado, durante el juicio.SEGRE

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la condena impuesta a I.C.P., un vecino de Lleida de 43 años sentenciado a cuatro años y medio de prisión por la Audiencia Provincial por abusos sexuales continuados a su hijastra de ocho años. De esta forma, el tribunal rechaza el recurso del condenado, que siempre ha negado los hechos, y respalda los argumentos de la Audiencia de Lleida, que dio plena credibilidad a la declaración de la víctima.

Los hechos, que fueron juzgados en junio del año pasado, ocurierron entre finales de 2015 y marzo de 2016, cuando la madre de la niña presentó denuncia. Según la sentencia de la Audiencia, el procesado vivía con su pareja y los dos hijos menores de esta y aprovechaba los momentos en los que la madre de la menor no estaba en casa para llevar a la niña a la habitación de matrimonio y abusar sexualmente de ella. Unos episodios que la pequeña relató en el acto del juicio y corroboraron los testimonios de la madre y los informes forenses.

El condenado recurrió el fallo de la Audiencia ante el TSJC al considerar que la condena se basó solo en la versión de la niña, que él rechaza, e insiste, como ya hizo en la vista oral, que la madre presentó la denuncia después de que él rompiera su relación. Sin embargo, ambos tribunales defienden que la versión ofrecida por el investigado no es creíble y sí lo es la de la niña, que ofreció multitud de detalles de los abusos sufridos.

Asimismo, el TSJC rechaza que la denuncia partiera por una venganza de la madre hacia su expareja, ya que, según el fallo, le dio una bofetada a su hija cuando le relató los abusos, porque en un principio no se la creyó. Sin embargo, al ir contándole más detalles, la madre comprobó que lo que le decía su hija era cierto. También recuerda la sentencia los informes y las declaraciones de los psicólogos del Equip d’Assessorament Tècnic i Atenció a la Víctima (EATAV), que dieron plena credibilidad a la declaración de la menor. Por este motivo, el TSJC confirma la condena impuesta de cuatro años y medio de prisión más cinco años de libertad vigilada tras cumplir esta pena. Asimismo, impone una indemnización de 12.000 euros para la víctima por las secuelas. El fallo puede recurrise ante el Supremo.

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