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TRIBUNALES SENTENCIA

Condenan al Estado a pagar la ropa de paisano a un policía de Lleida

Nueva sentencia del TSJC que reconoce el derecho a percibir una indemnización para la compra de vestuario || El agente desempeña funciones de investigación

Vista de las instalaciones de la comisaría de la Policía Nacional en la ciudad de Lleida.

Vista de las instalaciones de la comisaría de la Policía Nacional en la ciudad de Lleida.SEGRE

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha emitido una nueva sentencia en la que reconoce el derecho de un agente de la Policía Nacional a recibir una indemnización para la compra de ropa al tener que desempeñar sus funciones vestido de paisano. De esta forma, el tribunal obliga al ministerio del Interior a pagarle un plus. No es la primera vez que el TSJC se pronuncia de esta forma al entender que el agente no tiene porqué costearse la ropa, ya que no puede utilizar el uniforme mientras está trabajando.

En este último caso, la sentencia señala que la reclamación parte de un agente designado a la Brigada de Policía Judicial de la Policía Nacional de Lleida, que desempeña tareas de investigación. El inspector había solicitado a la dirección del cuerpo una indemnización de vestuario por utilizar ropa de paisano entre junio de 2012 y junio de 2016, en total cuatro años. Sin embargo, la dirección general de la Policía se lo denegó, por lo que el agente presentó recurso ante la sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Catalunya.

En este sentido, el tribunal decide otorgar la indemnización que solicita al agente al entender que debe cumplir sus funciones policiales vestido de paisano y que, para ello, debe destinar “recursos propios” a la compra de ropa de trabajo. Asimismo, resalta que ir de paisano es de obligado cumplimiento en casos como este, ya que el agente, que desempeña tareas de investigación policial, puede correr peligro si viste de uniforme. Por ello, rechaza el argumento de Interior al señalar que si indemniza a los agentes por vestir de paisano también debe hacerlo con todos los funcionarios. El tribunal considera que se discrimina a los agentes que no pueden ir de uniforme por sus obligaciones profesionales.

La sentencia, que no es firme, no es la primera. En los últimos años han proliferado este tipo de reclamaciones, que han encontrado su amparo en el TSJC. En uno de los últimos casos, el tribunal reconocía el derecho a otro agente de investigación de Lleida a percibir una indemnización por la ropa de paisano que usó durante más de cinco años. Un derecho reconocido en un real decreto de 1988.

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