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Nuevo repunte de las estafas en Lleida, con ocho denuncias al día

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Vista general de la entrada de la Audiencia de Lleida, en los juzgados del Canyeret.

Vista general de la entrada de la Audiencia de Lleida, en los juzgados del Canyeret.LLEONARD DELSHAMS

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El aumento de la actividad virtual también incrementa el riesgo de ser víctimas de estafas, sobre todo con las tarjetas bancarias y las compras en páginas web no seguras. En Lleida, este tipo de delito sigue repuntando y ya se registran hasta ocho denuncias al día. Según los últimos datos de los Mossos d’Esquadra, entre los meses de enero y mayo se han registrado un total de 1.194 denuncias, lo que representa un incremento del 56% respecto al mismo periodo del año pasado, cuando se denunciaron 764 estafas.

Este aumento ha llevado a los Mossos a intensificar las acciones comunicativas para dar consejos preventivos y llegar a más usuarios para concienciarlos del riesgo que puede tener, por ejemplo, comprar por internet sin asegurarse que la página sea segura. El pasado mes de mayo, durante la presentación del balance de delitos de 2017, el portavoz de los Mossos, el inspector Albert Oliva, alertó de que la resolución de las estafas se sitúa en el 16% por las dificultades de activar investigaciones internacionales y llegar al domicilio de cuentas bancarias, habitualmente en otros países, o al registro de páginas web o correos electrónicos. En el caso de Lleida, de las 1.194 denuncias presentadas se resolvieron solo el 20%. En las estafas por internet, destacan la suplantación de identidad del proveedor, conocido como phishing o el ransomware (virus malicioso instalado en el ordenador de la víctima de forma remota). También se detectan robos de tarjetas para usarlas en pequeñas compras, ya que no se solicita en PIN de seguridad.

Prisión por hacerse pasar por la dueña de su piso La Audiencia de Lleida ha condenado a una pareja a un año de prisión por un delito de estafa por contratar un servicio de internet suplantando la identidad de la propietaria del piso que tenían alquilado. De esta forma, la sala confirma la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Penal 3 y rechaza el recurso de los procesados al considerar los hechos como probados. De esta forma, la sentencia señala que la pareja, “puestos de común acuerdo y con ánimo de obtener un ilícito beneficio patrimonial”, utilizaron los datos de la arrendadora del piso en que vivían, sin el consentimiento de la misma, para contratar los servicios de una compañía de telefonía e internet por un importe de 865 euros.

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