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TRIBUNALES LABORAL

La jueza avala sancionar a un urbano que eludió hacer horas extra

Suspensión de empleo y sueldo durante 16 días, al evitar participar en el dispositivo de la cabalgata de Reyes de 2017 || Ve probado que su conducta perjudicó al cuerpo

Imagen de la cabalgata de Reyes de 2017.

Imagen de la cabalgata de Reyes de 2017.SEGRE

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Una sentencia de la jueza de lo contencioso de Lleida ratifica una sanción de 16 días de empleo y sueldo a un agente de la Guardia Urbana por negarse a hacer horas extras para participar en el dispositivo de vigilancia de la cabalgata de Reyes de 2017. La magistrada desestima el recurso presentado por el urbano contra la decisión de la Paeria, confirma la sanción “por la comisión de una falta grave por desobediencia a los superiores en el ejercicio de sus funciones y un incumplimiento de las órdenes recibidas” y, además, le impone las costas del juicio, aunque limitadas a 300 euros. La sentencia, que es recurrible, considera probado que la jefatura de la Policía Local colgó en el tablón de anuncios el 3 de enero de 2017 la orden de servicio que le convocaba, al igual que otros agentes, al dispositivo policial para la cabalgata del 5 de enero y que, además, hizo todas las gestiones y llamadas necesarias para notificárselo oralmente, a pesar de que el afectado argumentó lo contrario. También avala la catalogación como extraordinario de este servicio, destacando que el reglamento del cuerpo establece que lo son todos los que “por su envergadura no se puedan cubrir con el personal de servicio ordinario”. “Resulta palmario que el servicio de la cabalgata de Reyes deviene extraordinario por el hecho de que requiere de más agentes de los que habitualmente se encuentran prestando servicio ordinario”, afirma la jueza. Otro punto en el que incide es que la ausencia del sancionado y de otro compañero citado para la cabalgata “causó perjuicios en el servicio público” al obligar a recurrir a los agentes de la oficina de atención al público, que tuvo que permanecer cerrada. Por último, subraya que la sanción impuesta “es la más baja de la horquilla” fijada en el reglamento, que prevé “la suspensión y pérdida de remuneración por tiempo superior a 15 e inferior a un año, lo que conlleva considerar que se trata de una sanción proporcionada a los hechos”.

Primera sentencia tras dos años de polémica por esta cuestión La imposición obligatoria de horas extra para cubrir determinados servicios cuando no hay suficientes agentes que se ofrecen a hacerlas de forma voluntaria ha sido motivo de polémica en el cuerpo durante los dos últimos años, especialmente durante las fiestas navideñas. Anteriormente, era habitual que hubiera suficientes voluntarios, pero la progresiva disminución de la plantilla, que ha perdido una treintena de efectivos en la última década , ha motivado quejas de los afectados. Sin ir más lejos, en la cabalgata de Reyes de este año, la jefatura obligó a trabajar a un total de 18 agentes. A lo largo del año, casi todos los fines de semana la Policía Local debe cubrir servicios extraordinarios motivados por actos festivos, como las Festes de Maig o el Aplec, o de carácter deportivo.

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