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TRIBUNALES REFERÉNDUM

Archivan la querella contra Manso y De los Cobos por el 1-O en Lleida

La Audiencia cierra el caso que un juzgado mantenía abierto por las cargas policiales || Dice que es “un planteamiento genérico” con “responsabilidad inespecífica”

Carga de la Policía Nacional en el colegio de la Mariola.

Carga de la Policía Nacional en el colegio de la Mariola.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha archivado la querella contra la exdelegada del Gobierno central en Lleida Inma Manso, el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos y otros mandos por las cargas policiales que hubo durante el 1 de Octubre en Lleida. El tribunal considera que se trata de “un planteamiento tan genérico y una atribución de responsabilidad tan inespecífica que no puede servir de bases para la iniciación de una investigación penal”. El juzgado de Instrucción número 1 de Lleida admitió a trámite la querella presentada por la Associació Advocacia per la Democràcia de Lleida y ordenó identificar a todos los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil que participaron en las cargas en doce colegios electorales de la demarcación de Lleida durante la celebración del referéndum del 1 de octubre, así como entregar las comunicaciones entre estos cuerpos policiales y la sala de coordinación del dispositivo del 1-O. La Fiscalía pidió el archivo ante el juzgado de Instrucción, que lo rechazó por haberlo presentado fuera de plazo (el periodo de presentación acababa a las tres del mediodía del 26 de octubre y se interpuso el día 29). Sin embargo, el Ministerio Público presentó un recurso de apelación ante la Audiencia, que le ha dado la razón, por lo que revoca y no admite a trámite la querella, “dejando sin efectos las diligencias de investigación acordadas”. El archivo de la causa que es firme.

En la querella, y como pruebas, Advocacia per la Democràcia presentó imágenes y vídeos que “demuestran el uso injustificado y excesivo de la violencia, que tenía como único objetivo infligir miedo a los ciudadanos”. Advocacia aseguraba que se vulneraron los derechos fundamentales y que se incurrió en delitos de tortura −penados con entre 2 y 6 años de cárcel y la inhabilitación absoluta del cargo−, prevaricación y desórdenes públicos.

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