SEGRE

El TSJC da la razón a un urbano multado por la Paeria por no hacer horas extras en la cabalgata

Le suspendió de empleo y sueldo

Los Reyes Magos llegaron a la capital del Segrià en tren e hicieron un desfile hasta el ayuntamiento.

Cabalgata de Reyes en LleidaAmado Forrolla

Publicado por

Creado:

Actualizado:

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha estimado el recurso de apelación de un agente de la Guardia Urbana de Lleida a quien la Paeria impuso una sanción de 16 días de empleo y sueldo por negarse a hacer horas extras para participar en el dispositivo de vigilancia de la cabalgata de Reyes de 2017. En el fallo, que no es firme, la sección cuarta de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal considera que “la administración debe prever el servicio de prestación periódica, como el de la cabalgata de Reyes”, y que, por lo tanto, “no se justifica la sanción cuando el agente estaba disfrutando de un día de descanso”.

Así, el TSJC dice que “no comparte la argumentación de la sentencia de la jueza de lo contencioso de Lleida”, que ratificó la sanción de la Paeria y que el urbano recurrió al TSJC. El fallo dice que no está de acuerdo cuando “la sentencia de instancia de Lleida señala que no fue hasta el día 3 de enero cuando se advirtió de la falta de agentes voluntarios para cubrir la cabalgata y que conociendo las especiales características del servicio el agente debió estar prevenido por si intentaban localizarle, concluyendo que leyó los mensajes de Whatsapp, por lo que ha habido una desobediencia de las órdenes recibidas”. Sin embargo, el TSJC dice que “se requiere una prueba plena” y que “no se ha entendido que se haya producido un incumplimiento de una orden”, dado que la administración debería haberse autoorganizado. Y es que aunque la sentencia de Lleida dice que “la cabalgata es un evento extraordinario porque requiere de más agentes”, el TSCJ señala que “no se puede hablar de excepcionalidad porque es un servicio periódico anual, por lo que no se pueden alterar los días de descanso”.

Además de estimar el recurso, falla que no hay costas, después de que la jueza de lo contencioso impusiera al agente las del juicio, limitadas a 300 euros. El TSJC publicó la sentencia el 3 de febrero, un año después de la de la jueza de lo contencioso de Lleida, el 21 de enero de 2019.

tracking