SEGRE

TRIBUNALES SENTENCIA

Absuelven a dos mossos acusados de no investigar una paliza a un vecino de Lleida

Dos mossos juzgados tras una agresión de policías locales de Vila-seca a un leridano || Les pedían dos años y medio de cárcel

El sargento Cunillera y el intendente Morón (en el centro).

El sargento Cunillera y el intendente Morón (en el centro).ACN

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La Audiencia de Tarragona ha absuelto al intendente Jaume Morón, ex jefe de los Mossos en el Tarragonès, y el sargento leridano Xavier Cunillera, acusados de evitar una investigación contra dos policías locales de Vila-seca que propinaron una paliza a un vecino de Lleida en enero de 2013, que resultó gravemente herido. El tribunal, en el que uno de los tres magistrados ha emitido un voto particular, determina que “no se ha apreciado una voluntad clara y decidida de no querer investigar los hechos”. También aseguran que “no se atisba ningún motivo o interés de los acusados en ocultar los hechos investigados (...), ni tampoco se acredita móvil alguno que hubiera podido inducir a los acusados a ocultar intencionadamente datos relevantes para la investigación”.

La Fiscalía sostenía que evitaron impulsar la investigación y obviaron informaciones clave con el objetivo de que el juzgado archivara el caso. Concretamente, decía que el intendente Morón obligó a una cabo a dejar la investigación y cederla al sargento, que obvió al juzgado informaciones clave. El Ministerio Público, que inicialmente pedía una condena de cinco años de prisión por los delitos de falsedad documental y omisión del deber de perseguir delitos, rebajó su petición a sendas penas de dos años y medio de cárcel al considerar la atenuante de dilaciones indebidas. El leridano Enric Rubio, letrado de Cunillera, dijo ayer que “estamos muy satisfechos porque se ha demostrado su inocencia tras 4 años muy duros porque han sido acusados de uno de los mayores delitos de los que se puede acusar a un policía como es el de no perseguir delitos”. En cuanto al magistrado que ha emitido el voto particular, considera que en los informes hubo “omisiones que tuvieron que ser deliberadamente sesgadas y movidas por un propósito de ocultación de responsabilidades con el único fin de cubrir a los agentes de la policía local”. Considera que debían haber sido condenados un año y medio de prisión e inhabilitados. La sentencia puede ser recurrida ante el TSJC.

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