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TRIBUNALES COVID

Admiten a trámite un recurso contra el confinamiento y el TSJC decidirá

Un abogado alega que no está justificada la medida y que supone una vulneración de la libertad de circulación || Solicita que se suspenda el 'cierre' del Segrià

Imagen del centro de control instalado por los Mossos d’Esquadra en Vila-sana.

Imagen del centro de control instalado por los Mossos d’Esquadra en Vila-sana.SEGRE

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El juzgado de Instrucción número 4 de Lleida ha admitido a trámite un recurso de apelación presentado por un abogado leridano contra el auto que autorizaba el confinamiento de la comarca del Segrià por el repunte de casos de Covid-19 y ahora será el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya el que deberá decidir sobre las medidas decretadas por la Generalitat. Según explicó ayer el abogado Jorge Culleré Lavilla a este diario, el recurso se presentó la tarde del martes y pide como medida cautelar que el juez suspenda el “cierre” del Segrià al considerar que no está justificado y supone una vulneración de la libertad de circulación de la ciudadanía al ser un derecho fundamental. Fuentes de la Fiscalía señalaron que están preparando sus alegaciones y que se oponen a la petición del letrado.

Según el recurso, al que ha tenido acceso SEGRE, el auto judicial se basa en un informe de la Agencia de Salud Pública de la Generalitat, fechado el 4 de julio, que indica que la incidencia acumulada era de 149,1 casos por 100.000 habitantes pero el plan de Procicat solo establece que las limitaciones de derechos y actividades deben adoptarse cuando la tasa de incidencia es superior a 700 casos por cada 100.000 habitantes.

El recurso recuerda que en otras ciudades donde han localizado brotes no se ha hecho un ‘cierre’ total

En este sentido, el recurso señala que al no haberse superado este límite, “no procede la adopción de la medida consistente en restringir la salida de personas de la comarca del Segrià” y, en consecuencia, afirma que el confinamiento es “nulo de pleno derecho”. Asimismo, señala que la administración no ha justificado la adopción de una “medida tan drástica” y que la medida no es “ni proporcional ni progresiva” al adoptarse de forma “sorpresiva e inesperada cuando la noche anterior se había negado que se adoptaría medida alguna”. El letrado también alega en su recurso un “agravio comparativo” respecto a las medidas sanitarias adoptadas en otras zonas donde se han detectado brotes de coronavirus. Como ejemplo nombra la localidad gallega de A Mariña, donde se ha adoptado un confinamiento de 5 días, o Albacete, que solo ha confinado los edificios donde se han localizado los brotes. Asimismo, señala que si los brotes en el Segrià están localizados, se debería confinar esas zonas y no toda la comarca.

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