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La Justicia europea exige devolver los gastos hipotecarios abusivos

El Supremo dictaminó que el pago debía ser repartido entre banco y consumidor || Excluye el impuesto de actos jurídicos documentados, que debe asumir el cliente

Vista de la sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con sede en Luxemburgo.

Vista de la sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con sede en Luxemburgo.EFE

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Las cantidades pagadas en concepto de gastos de hipoteca a raíz de una cláusula declarada abusiva deben ser devueltas al consumidor salvo que el derecho nacional disponga lo contrario, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE dictada ayer. Según la Corte, si se declara una cláusula abusiva que impone al cliente el pago de todos los gastos de constitución y cancelación de una hipoteca, el derecho comunitario se opone a que el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esa cláusula. El TJUE se pronunció de ese modo tras recibir preguntas de un tribunal de Palma de Mallorca y de otro de Ceuta sobre cómo interpretar la directiva europea de cláusulas abusivas para resolver dos casos sobre hipotecas concedidas por Caixabank y el BBVA. Sin embargo, los consumidores podrían tener que seguir asumiendo el coste del impuesto de actos jurídicos documentados, que el Tribunal Supremo adjudicó a los clientes. En solo cuatro años, los gastos hipotecarios han supuesto más de 25 millones de euros en Lleida. El Supremo declaró el año pasado que el reparto de los gastos tenía que hacerse a partes iguales entre banco y cliente.

La Justicia de la UE precisa, además, que el derecho comunitario no se opone a limitar el tiempo en el que un consumidor pueda acudir a los tribunales para exigir la devolución del dinero abonado como pago de una cláusula abusiva declarada nula, siempre que ni el momento en que ese plazo comience a correr ni su duración imposibiliten en la práctica o dificulten excesivamente el ejercicio del derecho del consumidor a solicitar la devolución.

Las asociaciones de consumidores celebraron la sentencia del tribunal europeo, que además, según defendieron, abre la puerta a poder exigir la devolución de las cláusulas de apertura. Para Asufin, el TJUE “cierra la puerta a la moderación” establecida por el Supremo, que hacía un reparto de los mismos entre el cliente y entidad bancaria de forma salomónica mientras Adicae cree que el fallo debe provocar un giro “en la actitud de la banca”. Por su parte, las entidades financieras consideraron que no cambia los dispuesto por el Supremo.

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