SEGRE

TRIBUNALES SENTENCIA

Condenado por agredir a su ex durante un permiso de la cárcel

La Audiencia le impone un castigo de dos años y cinco meses de prisión

El juicio se celebró el pasado marzo en el juzgado de lo Penal 3.

El juicio se celebró el pasado marzo en el juzgado de lo Penal 3.SEGRE

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La Audiencia de Lleida ha condenado a dos años, cinco meses y 15 días de prisión a un hombre por agredir a su expareja, de la que tenía una orden de alejamiento, durante un permiso del Centre Penitenciari Ponent, donde estaba interno por unos hechos similares. El acusado deberá cumplir un año, siete meses y quince días de prisión por un delito de lesiones y otros diez meses de cárcel por un delito de quebrantamiento de condena.

El tribunal ratifica la sentencia del juzgado de lo Penal 3 de Lleida y desestima el recurso presentado por el acusado, quien alegó, entre otros motivos, que se vulneró su presunción de inocencia y que la víctima se retractó en el juicio, celebrado el pasado marzo. La Fiscalía solicitó una condena de seis años de prisión, como ya publicó este periódico.

Los hechos tuvieron lugar el 16 de noviembre del año pasado en un apartamento de la calle Anselm Clavé. Una patrulla de Mossos acudió al inmueble tras ser alertados de una fuerte discusión. “Nos abrió el acusado, que nos dijo que estaba solo. Al inspeccionar la habitación, vimos que había sangre en las sábanas y en otros sitios. Posteriormente, otro compañero localizó en el piso superior a una mujer que tenía un moratón en el ojo y restos de sangre. Nos dijo que la había agredido su expareja”, declaró un policía en el juicio. Sobre el estado de la víctima, el mosso declaró que “estaba atemorizada”.

El acusado, en cambio, afirmó que “me reuní con mi ex porque me llamó ya que había tenido un accidente y tenía heridas”. Negó que la hubiera agredido y dijo que la mujer se fue a la planta superior “porque se asustó cuando vino la policía”. La denunciante retiró en el juicio la acusación y solo admitió una discusión. Precisamente, este fue uno de los motivos por el que el acusado recurrió ante la Audiencia. Sin embargo, el tribunal determina que “la juzgadora, en una correcta interpretación de la jurisprudencia aplicable, tras la retractación de la denunciante en el acto del plenario, opta por dar prevalencia a sus manifestaciones vertidas en fase de instrucción”. La denuncia inicial vino corroborada tanto por agentes de los Mossos d’Esquadra como de la Guardia Urbana. La mujer dijo en el juicio que las heridas eran de un accidente de tráfico previo pero los urbanos dijeron que no presentaba lesión alguna.

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