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Una jueza obliga a una residencia de Lleida a vacunar a un usuario contra la Covid-19

La directora, que es su guardadora de hecho, se negó a asumir el consentimiento por desconocer los efectos secundarios || El juzgado concluye que “son una herramienta segura y efectiva” para la salud

El caso de este usuario de una residencia se ha resuelto en los juzgados.

El caso de este usuario de una residencia se ha resuelto en los juzgados.SEGRE

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Una jueza de Lleida ha obligado a una residencia a vacunar contra la Covid-19 a un usuario después de que la directora del geriátrico, que tiene su guarda de hecho, comunicara a la Fiscalía su negativa a asumir la responsabilidad de consentimiento alegando que desconocía si podía tener efectos secundarios a personas mayores con múltiples patologías, según ha podido saber este periódico. El Ministerio Fiscal instó un incidente dentro del procedimiento judicial de guarda de hecho -una especie de custodia- que resolvió hace unas semanas el juzgado de Primera Instancia número 9 de Lleida.

En el auto, la jueza autorizó la vacunación en todas sus dosis de la vacuna. La resolución se podía recurrir ante la Audiencia pero no ha sido así.

Para autorizar a la vacunación, la jueza basó su decisión en la ley 41/2002 -reguladora de la autonomía del paciente- y un informe médico forense. Respecto a la normativa, esta dice que “la decisión deberá adaptarse atendiendo siempre al mayor beneficio para la salud o para la vida del paciente”.

En cuanto al informe médico forense, este concluye que “las vacunas son seguras y están sometidas a pruebas a lo largo de las diferentes fases de los ensayos clínicos y siguen siendo evaluadas regularmente una vez comercializadas”. Asimismo, sobre las vacunas contra la Covid-19, recuerda que “se ha sometido a una evaluación exhaustiva por parte de las Agencias Reguladoras de Medicamentos (...).

Existen 258 ensayos clínicos registrados en el mundo que utilizan estrategias de vacunación para hacer frente a la Covid-19 en diferentes fases de desarrollo”. Finalmente, concluye que “las vacunas son una herramienta segura y efectiva para proteger la salud”.

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La jueza se ha basado en la ley reguladora de la autonomía del paciente y un informe médico forense

La jueza explica en su resolución que una nueva oleada de coronavirus podría “suponer que el riesgo del usuario de sufrir un contagio se incremente indudablemente”. Además, el forense que ha estudiado el historial médico del usuario del geriátrico determinó que “no se desprende la existencia de alguna contraindicación de la aplicación de la vacuna contra la Covid-19”. Por ello, la jueza resuelve afirmando que, “efectuando una ponderación de los riesgos y velando en todo caso por el beneficio de la salud del posible incapaz, entendemos que procede autorizar la vacunación”.

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