SEGRE

SUCESOS TRIBUNALES

Ratifican 14 años de cárcel para el exlíder de Vox por abusos sexuales

El TSCJ confirma que José Antonio Ortiz Cambray ofrecía dinero a discapacitados a cambio de las relaciones || Abre acciones civiles para un tercer perjudicado

El exlíder de Vox en Lleida José Antonio Ortiz en una comparecencia tras su arresto en marzo de 2019.

El exlíder de Vox en Lleida José Antonio Ortiz en una comparecencia tras su arresto en marzo de 2019.AMADO FORROLLA

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha confirmado la pena impuesta al exlíder de Vox en Lleida José Antonio Ortiz Cambray, condenado a 14 años y 3 meses de prisión el pasado diciembre por la Audiencia Provincial, al considerar probado que abusó sexualmente de dos hombres con discapacidad intelectual y lo intentó con un tercero a cambio de pequeñas cantidades de dinero. La sentencia otorga plena credibilidad al testimonio de las víctimas, como ya hizo la Audiencia de Lleida, y rechaza los recursos planteados por la defensa. Ortiz Cambray sigue en libertad, ya que la sentencia aún no es firme y la defensa prepara el recurso ante el Supremo.

En su fallo, el TSJC señala que el condenado sabía que las víctimas eran personas con discapacidad y que se aprovechó de esta vulnerabilidad para conseguir actos sexuales a cambio de “cantidades irrisorias”. Además, rechaza el planteamiento de la defensa de que eran las víctimas quienes acosaban al investigado y descarta de plano cualquier “complot” para acabar con su carrera política.

De hecho, constata que el condenado “manipulaba a las víctimas ofreciéndoles dinero”, lo que demuestra, añade, no solo el testimonio de los perjudicados sino también los mensajes de Whatsapp, que establecen una “metodología” por parte del condenado. En su sentencia, la Audiencia de Lleida condenó a Ortiz Cambray a ocho años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a persona con discapacidad así como a dos delitos de corrupción de personas con discapacidad, con una pena de dos años y medio cada uno, y un año y tres meses de cárcel por un delito de pornografía con uso de personas con discapacidad.

Asimismo, tal y como hizo la Audiencia, el TSJC lamenta que no pueda incrementarse la pena por la tercera víctima, con la que no llegó a obtener ningún acto sexual, ya que ni Fiscalía ni acusación particular pidieron una pena al respecto. Por ello, abre la vía a que pueda presentar acciones civiles.

El exlíder de Vox deberá indemnizar a las víctimas con 15.000 euros a una y 5.000 a la otra. El pasado enero, la Audiencia rechazó el ingreso en prisión de Ortiz Cambray al considerar que no había riesgo de fuga.

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