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La Audiencia Nacional se opone a indultar a Pablo Hasél por su reincidencia

El rapero Pablo Hasel hablando a través de un teléfono en una de las cabinas de visita de la prisión de Ponent.

El rapero Pablo Hasel hablando a través de un teléfono en una de las cabinas de visita de la prisión de Ponent.Albert Botran

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La sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha emitido un informe en el que se posiciona en contra de que se le conceda el indulto al rapero leridano Pablo Rivadulla, conocido artísticamente como Pablo Hasél, alegando que es reincidente en el delito de apología del terrorismo y que no se aprecian las razones de equidad, justicia y utilidad pública que, pese a ello, podrían justificar la medida de gracia, debido a su “conducta antisocial”.

Los magistrados se oponen a indultar a Hasél, en primer lugar, porque es reincidente. Así, explican que la ley excluye de la aplicación de la medida de gracia a los reincidentes en el mismo o en otro delito por el que hayan sido condenados en firme y que, en el caso de Hasél, ha recibido otras tres condenas: una en 2014 a dos años de cárcel por apología del terrorismo; otra en 2016 por allanamiento de local; y una última en 2017 por resistencia a la autoridad.

La Audiencia Nacional dio a Hasél la oportunidad de pronunciarse de cara a la emisión de este informe y el rapero manifestó que no se oponía al indulto, pero que no tenía ninguna aportación que realizar, según las fuentes jurídicas consultadas. Pablo Rivadulla ingresó en prisión el pasado 16 de febrero después de atrincherarse durante unas horas en el edificio del rectorado de la Universitat de Lleida.

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