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DERECHOS Y PANDEMIA

Derechos lingüísticosen los juzgados

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El Pacto internacional de derechos civiles y políticos de las Naciones Unidas, el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos, la Carta europea de las lenguas regionales o minoritarias, el Convenio marco para la protección de las minorías nacionales y la Declaración universal de derechos lingüísticos, consagran el derecho a usar la lengua propia dentro del propio territorio, tanto en la vida pública como en la privada. En cuanto a Cataluña, este derecho se recoge en el capítulo III del título I del Estatuto de autonomía de Cataluña del año 2006, estableciéndose en el artículo 32 que “todas las personas tienen derecho a no ser discriminadas por razones lingüísticas. Los actos jurídicos hechos en cualquiera de las dos lenguas oficiales tienen, con respecto a la lengua, validez y eficacia plenas”. Concreta más en su artículo 33.2 que todas las personas, en las relaciones con la Administración de justicia, el Ministerio Fiscal, el notariado y los registros públicos, tienen derecho a utilizar la lengua oficial que elijan en todas las actuaciones judiciales, notariales y registrales, y a recibir toda la documentación oficial emitida en Cataluña en la lengua de su elección. Este es un derecho que parece que los usuarios de la administración de justicia, por un motivo u otro, no ejercemos muy a menudo. Según el último informe de política lingüística, el ámbito de la justicia es claramente deficitario en cuanto al uso de la lengua catalana; de hecho podemos decir que es el ámbito en que se hace un menor uso, el porcentaje de sentencias en catalán ha ido disminuyendo de manera dramática en los últimos diez años. Si en 2007 el 16,77% de las sentencias fueron redactadas en catalán, en 2018 solo lo fueron un 7,7%, un porcentaje inferior al de 2017, que fue de un 8,2%. La realidad es que desgraciadamente la lengua catalana tiene un carácter marginal en nuestros juzgados. La Comisión de Justicia del Parlament de Catalunya aprobó en noviembre de 2019 una Propuesta de resolución que recoge la grave situación de la lengua en la justicia, su marginación sistemática en este ámbito. Revertir esta situación es cosa de todos, de los profesionales del derecho, de la administración de justicia, de los jueces y letrados, pero también de la ciudadanía, que debe ejercer sus derechos, debe exigir respeto y cumplimiento. Desde la comisión de lengua del ICALL, queremos recordaros que podéis dirigiros en catalán tanto oralmente como por escrito a todas las administraciones, incluida la de justicia, y ser atendido. También en caso de que debáis prestar declaración, tenéis derecho a que esta sea recogida en vuestra lengua. Tenéis derecho a recibir en catalán todas las notificaciones, documentos y comunicaciones. Os sugerimos que empecéis por pedir a vuestro abogado o abogada que su actuación oral o escrita sea en catalán, y también que solicite expresamente al juzgado que el procedimiento se tramite en catalán. No tengáis ninguna duda: todas las actuaciones judiciales hechas en catalán son plenamente válidas y eficaces. Debemos conocer nuestros derechos, para ejercerlos sin vacilación y con firmeza. Aunque la mayoría del personal será plenamente respetuoso con vuestra opción, podríais encontraros con alguna situación no deseada. En este caso, y si veis vulnerados vuestros derechos lingüísticos u os sentís discriminados por usar la lengua catalana, no dudéis en ponerlo en conocimiento del departamento de justicia, de nuestro Colegio o de cualquier otra entidad de defensa de la lengua. Normalizar el uso del catalán en la justicia empieza por cada uno de nosotros.

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