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La plusvalía o, como se denomina oficialmente, impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, es el tributo que tienen que pagar todos los ciudadanos a sus ayuntamientos cuando vendían un inmueble o cuando lo heredaban, incluso en los casos en que no hubiera habido incremento del valor del inmueble en una clara contradicción del espíritu del impuesto.

Aunque es diferente en cada ayuntamiento, en general se aplicaba un coeficiente corrector sobre el valor catastral para calcular la revalorización y sobre esta cantidad se aplicaba un gravamen y a la hora de pagar el impuesto daba igual tanto el valor de mercado como si había habido minusvalías, algo que se ha repetido en muchos casos por la crisis.

Ahora, el Tribunal Constitucional ha corregido esta anomalía, extendiendo a todo el territorio español dos sentencias anteriores dictadas para los territorios forales de Álava y Guipúzcoa, y anula varios artículos de la ley reguladora cuando se vende con pérdidas. La sentencia entiende que “el impuesto vulnera el principio constitucional de capacidad económica en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo”, es decir que no hay que pagar por haber sido propietario del inmueble durante unos años si con la venta no hay un incremento real del valor.

El tribunal emplaza al legislador a hacer las modificaciones o adaptaciones de la ley necesarias para no someter a tributación las situaciones de pérdida de valor y desde Hacienda dicen que ya están negociando con la Federación de Municipios y Provincias los cambios requeridos, pero la primera consecuencia es que puede producirse un aluvión de reclamaciones de quienes han pagado este impuesto en los últimos cuatro años, tiempo de prescripción del impuesto, y la segunda que los ayuntamientos pierden un importante instrumento de recaudación porque se calcula que los consistorios españoles ingresan unos 2.500 millones anuales por este concepto, unos 11 los de Lleida.

Y aunque no en todos los casos haya minusvalía, la tasadora Tinsa calcula en más de medio millón los contribuyentes que han pagado de más tras la venta del inmueble y ahora pueden reclamar.

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