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La justicia española ha vuelto a sufrir un revés con la decisión de Bélgica de rechazar la entrega de los ex-consellers Comín, Puig y Serret, y ya empiezan a ser demasiados los pronunciamientos contrarios a la justicia española que han hecho jueces belgas, alemanes, escoceses o suizos. En el caso alemán fue la interpretación de los jueces del land de Schleswig-Holstein de que no había una actuación violenta que justificara la tipificación del delito de rebelión o el equivalente en la jurisprudencia alemana y ahora en el caso belga aún ha sido más lamentable el papel de la justicia española porque el tribunal belga no ha llegado a entrar en el fondo de la cuestión por un simple defecto de forma, cuya subsanación había reclamado el fiscal belga sin obtener resultado. El defecto de forma consiste en que la euroorden contra los tres ex-consellers no estaba acompañada de una orden nacional de detención, que sí había formulado la jueza Lamela pero que luego fue retirada por el juez Llarena que la sustituyó por el auto de procesamiento, algo que el fiscal y el tribunal belga han considerado insuficiente porque debe ir acompañada de la orden nacional de detención. El mismo defecto de forma puede ser admitido por los tribunales alemanes en el caso de Puigdemont o los escoceses en el caso de Clara Ponsatí sin que haya habido una respuesta argumentada por parte del juez Llarena y el Supremo que se limitan a reprochar la ausencia de compromiso de la justicia belga con la española, olvidando que la justicia no es cuestión de solidaridad entre países sino de aplicación de las leyes con las garantías necesarias. Y a falta de nuevas resoluciones y de que se entre en el fondo de la cuestión, parece evidente que la justicia española no está acertada ni en la tipificación de los delitos a los imputados en el procés, ni en la tramitación internacional de las extradiciones, ni mucho menos en la aplicación de la prisión preventiva a quienes acudieron a declarar ante los tribunales españoles, con siete meses cumplidos ya en prisión por unas acusaciones que según los baremos europeos parecen difíciles de probar y que en última instancia pueden ser revocadas por el Tribunal Europeo de Estrasburgo como ya ha sucedido varias ocasiones en los últimos años. Tiene mala defensa mantener en el Supremo unas acusaciones que pueden diluirse en el juicio cuando otros jueces europeos no han visto las pruebas necesarias.

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