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Una justicia inteligible

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Hace escasos días tuve la ocasión de leer un comentario sobre la necesidad de utilizar un lenguaje claro y preciso en el ámbito judicial, de modo que los ciudadanos sepan comprender lo que les afecta, de modo directo o indirecto, en torno al mismo.

Claridad y precisión que deben emplear tanto los distintos medios de comunicación social (televisión, radio, prensa y plataformas digitales), como los distintos operadores jurídicos implicados (jueces, fiscales, abogados y procuradores), abandonándose ciertas prácticas ancladas en el tiempo y que en la práctica suponen un serio lastre para acercar la justicia a quienes son sus protagonistas y destinatarios, la ciudadanía.

De este modo, deberían desecharse los estilos literarios barrocos, sobrecargados o farragosos, la omisión de puntos y de comas, las alusiones constantes a preceptos legales y el uso de expresiones latinas que suponen un muro que dificulta, cuando no impide, la adecuada comprensión de lo que desea transmitirse. Qué duda cabe, como se ha afirmado, que cada vez más existe un empobrecimiento del lenguaje común que choca frontalmente con el oscurantismo expresivo de los profesionales del derecho, de suerte que se abre una brecha entre la forma de hablar de la calle y la de expresarse en el ámbito jurídico.

Lo anterior no implica, necesariamente, que las resoluciones judiciales se aparten de la forma y del rigor técnico, sino, simplemente, que sean, en lo esencial, comprensibles para cualquier profano en materia jurídica. No en vano, la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil exige que las sentencias deben ser claras, precisas y congruentes con las pretensiones de las partes, pues de otro modo se les estaría negando la obtención de la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tal como ampara la Constitución española.

El propio Tribunal Supremo ha declarado, al respecto, que la claridad significa la posibilidad de que cualquier sentencia sea comprendida sin dificultad, en tanto que la precisión implica que se decidan de forma inequívoca las cuestiones controvertidas por las partes, utilizando para ello las expresiones adecuadas. Es por tal motivo que la ley permite exigir del juez que haya dictado una sentencia o cualquier resolución aclarar algún concepto oscuro, sin que ello deba suponer cambiar el sentido y espíritu del fallo, ya que el órgano judicial, al explicar el sentido de sus palabras, está obligado a no salirse del contexto interpretativo de lo manifestado o razonado en su resolución. No en vano, el ensayista francés Joseph Joubert ya puso de manifiesto que “Hay que saber ser profundo con claridad, y no con palabras oscuras”. Al hilo de lo anterior, es muy probable que quien, por una u otra circunstancia, ha debido acudir a juicio, haya experimentado la sensación de que el acta de la vista oral está plena de expresiones arcaicas, enrevesadas y difícilmente comprensibles, todo ello adornado de un ambiente particularmente técnico, en que las emociones, la espontaneidad y la sencillez pierden sentido y ceden el protagonismo a un procedimiento encorsetado pleno de formalismos.

Un lenguaje más directo, llano, junto con unas formas de proceder más cercanas, que propicien unas resoluciones más comprensibles y menos rigoristas, pueden y deben ser el ineludible paso a una justicia más cercana. Se trata, en suma, de aplicar en la práctica lo ya expresamente regulado en la denominada Carta de derechos de los ciudadanos ante la Justicia, que recoge, entre otros, los siguientes derechos:

a) El ciudadano tiene derecho a que las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos contengan términos sencillos y comprensibles, evitándose el uso de elementos intimidatorios innecesarios.

b) El ciudadano tiene derecho a que en las vistas y comparecencias se utilice un lenguaje que, respetando las exigencias técnicas necesarias, resulte comprensible para los ciudadanos que no sean especialistas en Derecho.

c) El ciudadano tiene derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean comprensibles por sus destinatarios, empleando una sintaxis y estructura sencillas, sin perjuicio de su rigor técnico.

La necesidad de emplear un lenguaje claro por parte de la Justicia tuvo sus orígenes en el Reino Unido y en Estados Unidos en la década de los 70, en la que bajo la denominación Plain English Campaign (“Campaña por un inglés llano”), se inició una campaña emprendida por los grupos de defensa del consumidor con el objetivo de luchar contra el inglés incomprensible empleado en el discurso burocrático y jurídico. Dicha campaña se extendió a otros países anglosajones, como Canadá y Australia, bajo la denominación más amplia de “Movimiento por un lenguaje llano” (Plain Language Movement). Este movimiento se ha desarrollado asimismo en países de habla no inglesa, especialmente en países francófonos, como Bélgica, Quebec o Francia, aunque también en otros países europeos como Finlandia, Holanda, Italia o Suecia. También en la Unión Europea, con el proyecto “Fight the fog” (Combatir la niebla), se persigue combatir el inglés burocrático complejo y artificial, lengua original de redacción de la mayoría de los documentos.

En definitiva, se precisa una cierta dosis de naturalidad en la difícil tarea de impartir justicia, en línea con lo que sentenció Cicerón cuando afirmaba que “La justicia es absolutamente nula si no se encuentra en la naturaleza”, y para lograrlo deben ponerse todos los medios precisos para conseguir que sea más comprensible y diáfana, algo de lo que todos saldremos, sin duda, ganando.

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