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¿Creemos en la justicia?

¿Creemos en la justicia?

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Antes de poder dar respuesta a la pregunta que da título al presente comentario sería conveniente precisar o intentar delimitar el concepto de justicia, algo que desde antiguo han pretendido filósofos y juristas y en cuyo nombre se han vertido tantas lágrimas y sangre en guerras cruentas.

Por de pronto, la justicia, aun cuando lo pretende y en ocasiones lo consigue por medio de principios generales, no puede afirmarse que sea universal. Cada país tiene su propia justicia, basada en valores culturales, religiosos, filosóficos o económicos. La justicia no es más que la manifestación a través de su estructura y órganos del derecho positivo del que se dota cada país, esto es, la justicia interpreta, aplica, resuelve y ejecuta a través de los tribunales y jueces el cuerpo legislativo aprobado por el gobierno mediante el control parlamentario, al menos en los Estados de Derecho, donde impera la división entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Para el jurista y filósofo Hans Kelsen, la Justicia se da en aquel orden social bajo cuya protección puede progresar la búsqueda de la verdad, y añadía que su Justicia, en definitiva, era la de la libertad, la de la paz; la justicia de la democracia, la de la tolerancia. Claro es que no puede haber justicia sin libertad. En el caso de los Estados totalitarios la Justicia se confunde en su sistema, está maniatada por una ideología única e imperante y quienes la administran son meros títeres que cumplen su misión sin la adecuada garantía de su independencia. Ahora bien, mi opinión es que no se trata de una cuestión de creer en la justicia sino de participar e integrarnos en ella. En más ocasiones de las deseadas nuestra concepción de la justicia, más aún, de lo justo y de lo injusto, la personalizamos en los jueces, a quienes hacemos blanco de nuestras críticas sin reparar en su difícil cometido y en los medios con que cuentan. Ahora que es tema de portada, día sí y día también, los numerosos casos de corrupción que salpican por igual a distintos partidos políticos, pocas voces salen en defensa de los jueces que han de instruir las causas y de los magistrados que luego deben dirigir la vista oral y dictar sentencia. Se tiende a escenificar en los estudios de televisión juicios paralelos donde los tertulianos especulan, desmenuzan y catalogan a los inculpados, dando su veredicto por anticipado sin el menor rubor ni conocimiento técnico, sin haber accedido a los cientos o miles de folios que integran el expediente judicial, sin valorar en su conjunto la prueba practicada, sin ponderar e interpretar las normas legales en juego, ni aplicar los criterios jurisprudenciales en la materia. Déjenme recordarles que, según el Cuadro de Indicadores de la Justicia de la UE de 2016 presentado por la Comisión Europea, España cuenta con un total de 12 jueces por cada 100.000 habitantes, lo que sitúa a nuestro país en la cola de Europa, si bien hay países de nuestro entorno con ratios más bajos como Italia (11), Chipre (11), Francia (10), Malta (9,5), o Irlanda (3,5). En la parte más alta de la tabla se encuentran, con más de 40 jueces por cada 100.000 habitantes, Eslovenia, Croacia y Luxemburgo. En cuanto al número de abogados, y siempre según el citado estudio, la cifra se dispara, siendo España el sexto país de la UE con mayor número de abogados por cada 100.000 habitantes, con un total de 291. La cifra más alta de letrados se encuentra en Grecia, con 388, seguida de Luxemburgo (387), Italia (368), Chipre (363) y Malta (346). Lo anterior no es más que un botón de muestra de una situación compleja que hace que la conflictividad, y por tanto el número de pleitos a resolver, desborde la capacidad de los jueces para dar una respuesta rápida y de mayor calidad, en el sentido, entiéndase bien, de no poder dedicar mayor tiempo al estudio y elaboración de nuestras resoluciones, lo que en los tiempos actuales se hace particularmente difícil ante la importante carga de trabajo que padecemos y no siempre con los medios humanos y técnicos más adecuados. Por sólo citar los datos referidos a 2015, y concretamente de su primer trimestre, por lo que se refiere a la jurisdicción social, a la que pertenezco, y en el ámbito de Cataluña, el número de asuntos asignados por magistrado/juez fue de 209,62, la tasa de litigiosidad fue de 2,26, el número de sentencias dictadas por juez de 103,7 y la estimación de sentencias recurridas fue del 30,1%, lo que evidencia el esfuerzo y dedicación del colectivo de jueces y magistrados (más 5.500 en toda España) y la calidad de sus resoluciones judiciales, al confirmarse, en el supuesto de presentarse recurso, un 70% de las sentencias dictadas. Retomando el Cuadro de Indicadores de la Justicia de la UE de 2016, en una de sus conclusiones podemos leer que la profesionalidad del juez es la primera garantía de una resolución de calidad y constituye una parte importante del entorno interno que influye en la resolución judicial. La profesionalidad incluye una formación jurídica de alto nivel, así como el desarrollo de una cultura de independencia, de ética y de deontología. Esto requiere, por parte del juez, una sensibilización no sólo hacia los instrumentos jurídicos sino también hacia las nociones que no son jurídicas. Y continúa afirmando que el nivel de calidad de las resoluciones judiciales es el resultado claro de las interacciones entre los numerosos actores del sistema judicial. ¿A qué conclusiones debemos llegar de lo anterior? Desde mi punto de vista es preciso entender que la calidad de nuestro sistema judicial incluye la calidad y profesionalidad de otros operadores jurídicos, muy especialmente, letrados y graduados sociales. Una demanda que contenga un adecuado, ajustado y claro relato fáctico, junto con una ordenada y concisa petición, y una intervención durante el juicio que permita al juez una aproximación al debate que enfrenta posiciones contradictorias, en el que pueda delimitar la controversia en aras de adecuar a derecho su resolución, son circunstancias que permiten afirmar, sin lugar a dudas, que la justicia se aproxima al ideal que persigue, ser equitativa, imparcial y ponderada. Ahora bien, como afirmaba el jurista italiano Renato Treves en su obra El juez y la sociedad, una cosa es el sentimiento de indefensión, derivado de la constatación de la ineficacia funcional del sistema normativo, conectado con la función social de las normas jurídicas, y otra distinta la imagen del juez y de la Administración de justicia, muchas veces distorsionada por los medios de comunicación. En cualquier caso, sí desearía llamar la atención de nuestros queridos lectores para que reflexionen sobre nuestro alto, comprometido y responsable cometido. Muchas fases del enjuiciamiento de cualquier asunto permanecen ocultas, sin el glamour de la sala de vistas, las togas y las formas. Son muchas las horas de trabajo en el juzgado, rodeado de expedientes a modo de junglas de papel, trasiego de profesionales y de ciudadanos, que se prolongan en nuestras casas, con sacrificio de nuestras vidas personales y familiares, en lo que ha venido a denominarse la soledad del juzgador, sometidos a una carga de trabajo y a unas condiciones que pueden y deben mejorarse. Por lo tanto, concluyo que podemos y debemos creer en la justicia, pilar básico de un modelo basado en la independencia de los jueces y magistrados que la imparten diariamente a través de sus resoluciones y sentencias.

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