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El juez Llarena impide a Sànchez ir a la sesión de investidura y el Parlament aplaza el pleno

Dice que hay otros diputados “con el mismo número de apoyos” para ser elegidos || El presidente de la Cámara esperará a que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncie

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El presidente del Parlament, Roger Torrent, decidió anoche aplazar el pleno de investidura previsto para el próximo lunes hasta que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) se pronuncie sobre la demanda de medidas cautelares que los abogados del candidato a la presidencia de la Generalitat, Jordi Sànchez, presentarán el lunes para poner fin al encarcelacimiento preventivo del exlíder de la ANC y como reacción a la negativa del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena a su excarcelación. Llarena denegó ayer la petición de Sànchez para salir en libertad o, al menos, poder asistir físicamente al Parlament para el debate de investidura en un auto en el que coincidió con las tesis de la Fiscalía que, unas horas antes, había presentado un escrito en el que insistía en el riesgo de reiteración delictiva. De este modo, el magistrado subrayó que no han desaparecido las circunstancias objetivas que configuran el riesgo de que Sànchez persevere en alcanzar su objetivo siguiendo una estrategia contraria al ordenamiento español. Llarena insistió en el uso de la “violencia” durante las movilizaciones ante la sede de la conselleria de Economía el 20S y en el hecho de que el candidato forma parte de una formación“que se ha opuesto, expresa y permanentemente, a abordar cualquier gestión política que no sea la de implementar la república”. El magistrado también justificó el mantenimiento de la prisión en que, pese a que a Sànchez “le corresponde” el derecho al “sufragio pasivo”, prevalecen los “valores constitucionales” que corresponden a “los derechos subjetivos” de todos y que podrían verse lesionados si los independentistas reiteraran su conducta. Llarena indicó que hay otros diputados que contarían “con el mismo número de apoyos” que Sànchez y sobre los que no pesaría este riesgo. Además, explicó que el caso de Sànchez es distinto al del etarra Yoldi, excarcelado con motivo de la investidura vasca de 1987 porque, en aquel caso, se habían cometido delitos cuyo riesgo de reiteración no se vería potenciado en caso de que el permiso condujera a una investidura.

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