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El TSJC hace efectiva desde hoy la inhabilitación de Torra y pide a Aragonés que active su sustitución

El alto tribunal catalán declara firme la sentencia del Supremo y cita las partes el 5 de octubre

Torra, Aragonès y Budó, ayer, a su llegada al Supremo para la vista por el caso de los lazos amarillos.

Torra, Aragonès y Budó, ayer, a su llegada al Supremo para la vista por el caso de los lazos amarillos.EFE

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La sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ya ha notificado formalmente a la defensa del presidente de la Generalitat, Quim Torra, la ejecución de la sentencia de inhabilitación del propio tribunal y confirmada este lunes al mediodía por el Tribunal Supremo. De esta manera, se hace efectiva la inhabilitación y Torra deja de ser presidente de Cataluña este lunes mismo. Además, pide al vicepresidente del Govern, Pere Aragonès, que active los mecanismos de sustitución interina del presidente previstos en el Estatut y en la Ley de Presidencia, e insta a Torra a no hacer ninguna actuación más como cargo público

En un auto de seis páginas dictado pocas horas después de la sentencia del Supremo, el TSJC dice que "se procederá a hacer efectiva, desde hoy, la inhabilitación" de Torra "en el cargo de gobierno que actualmente ocupa". También se requerirá personalmente a Torra que "se abstenga de ejercer o llevar a cabo actuaciones propias de los cargos públicos por los cuales ha sido inhabilitado". La efectivitat de la inhabilitación también se comunicará al secretario de Govern, Víctor Cullell, y se expedirá un oficio dirigido a Aragonès para que active la sustitución interina de Torra, prevista a la Ley de la Presidencia del 2008 y al Estatuto de Autonomía. Según la legislación, se aprobará un decreto que también se comunicará al Parlament de Catalunya.

De hecho, la inhabilitación también se comunicará directamente al presidente de la cámara catalana, Roger Torrent, y a la delegada del gobierno español en Cataluña, Teresa Cunillera.

El TSJC recuerda que contra la sentencia del Supremo no se puede presentar ningún recurso ordinario ni extraordinario, excepto de revisión o amparo constitucional. El tribunal ha convocado una audiencia el próximo 5 de octubre para fijar los términos de la liquidación de las penas impuestas. 

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