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PANORAMA

Audiencia y Supremo ven muy distintos los mismos hechos del 1-O

El fallo conocido ayer y el de la Sala de Marchena entran en contradicción, aunque uno no afectará al otro || El contraste es muy destacado en el caso de Forn

Los miembros de la Mesa recién inhabilitados fueron recibidos ayer en el Parlament.

Los miembros de la Mesa recién inhabilitados fueron recibidos ayer en el Parlament.EUROPA PRESS

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La sentencia absolutoria de la Audiencia Nacional entra en contradicción con la del Supremo que llevó a 9 líderes independentistas a la cárcel, aunque ninguna de las dos afectará a la otra. La primera avala la actuación de los Mossos en el referéndum del 1 de octubre de 2017 y en la concentración ante la sede de Economía el 20 de septiembre de ese año; la segunda basó en el cuestionamiento de esa actuación policial buena parte de los argumentos para condenar a los líderes del procés. La actuación de los Mossos comportó la apertura de una causa por la actuación de sus responsables en Lleida que fue archivada, y ahora ha sido ratificada en su conjunto por la Audiencia Nacional. Sin embargo, varios juristas destacaron ayer que no hay una relación jerárquica entre una y otra resolución, por lo que a la Audiencia Nacional le tiene sin cuidado cómo haya valorado los hechos del 1 de octubre la Sala de Marchena, “igual que si lo hubiera hecho la Audiencia de Palafrugell”, en palabras de Joan Queralt, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Barcelona. “El problema lo tiene el Supremo, no la Audiencia Nacional”, en opinión de este catedrático. De forma parecida se pronunció José Antonio Martín Pallín, juez y fiscal emérito del Tribunal Supremo, quien explicó que un posible recurso de la Fiscalía ante esta instancia no modificaría la argumentación, ya que en casación solo se puede valorar cuestiones formales. Otra cosa es la justicia europea, donde los argumentos de la Audiencia Nacional podrían ser valorados, según Martín Pallín, por el Tribunal de Estrasburgo al revisar la condena de los líderes independentistas, y en este sentido la sentencia conocida ayer podría tener recorrido para los líderes encarcelados. La contradicción entre las dos resoluciones es muy destacada en el caso del exconserller de Interior Joaquim Forn, ya que la condena que cumple en la cárcel tuvo en cuenta sobre todo el hecho de que era el superior jerárquico de Trapero. La Audiencia Nacional niega que el exmajor actuara en connivencia con Forn. En lo que no hay ninguna contradicción es entre el extensísimo voto particular de la magistrada Espejel y el Supremo.

Sí la hay entre la condena a Carme Forcadell a 11 años y medio de prisión por rebelión y la de sus compañeros de Mesa condenados esta semana por desobediencia (sin pena de prisión) por los mismos hechos, pero esa es otra historia. O no.

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