SEGRE

CIRCULACIÓN NORMATIVA

Los conductores que lleven el móvil en la mano perderán 6 puntos

El Congreso de los Diputados aprueba la reforma de la ley de Tráfico, que entrará en vigor en marzo || Se prohibirá rebasar en 20 km/h el límite para adelantar

Imagen de archivo de un control de los Mossos

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Los conductores que sean sorprendidos sujetando el móvil al volante perderán seis puntos del carnet de conducir, el doble que hasta ahora. Esta es una de las principales novedades de la reforma de ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad que aprobó ayer el pleno del Congreso de los Diputados, tras dar el visto bueno a la práctica totalidad de las enmiendas introducidas en el texto por el Senado. La norma entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es decir sobre el mes de marzo.

El conjunto del proyecto de ley, que modifica la aprobada en 2015, tiene como objetivo el agravamiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo. Entre las novedades, destacan la penalización con seis puntos del carnet por conducir sujetando el móvil con la mano; con cuatro por no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección; y se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.Además, se prohíbe rebasar en 20 kilómetros por hora el límite de velocidad en los adelantamientos en carreteras convencionales y, por primera vez, se legisla sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes, y se avanza en la protección de los ciclistas. En este caso, se eleva de cuatro a seis los puntos que se pierden por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.

Asimismo, el casco será de uso obligatorio para usuarios de vehículos de movilidad personal (MVP), como patinetes eléctricos. Los MVP y las bicicletas no podrán circular por las aceras y demás zonas peatonales. Por otra parte, desde el 6 de julio de 2022 será obligatoria la incorporación de alcoholímetros antiarranque en vehículos de transporte de viajeros (por ejemplo, autobuses escolares). No cumplirlo será una infracción muy grave (500 euros).

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