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La nueva declaración de emergencia cinegética por la sobrepoblación de conejos en Ponent estará vigente hasta abril de 2025

Incluye hasta 289 áreas de caza en un total de 5.194 km2 y nuevas medidas como el control poblacional con visores nocturnos

Dolores Villa en un momento de la presentación.ACN

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El departamento de Acción Climática ha implementado una nueva Declaración de Emergencia Cinegética (DEC) contra la sobrepoblación de conejos en el conjunto de las comarcas del Urgell, el Pla d'Urgell, el Segrià, la Segarra, la Noguera y las Garrigues. Incluye hasta 289 áreas de caza en un total de 5.194 km² y será vigente hasta el 30 de abril 2025, hecho que permite incluir las actuaciones excepcionales por daños fuera del periodo hábil de este animal, agilizando así los procedimientos administrativos. También se incorporan nuevas medidas como el control poblacional con visores nocturnos. Así lo ha anunciado este lunes la directora de los Servicios Territoriales del departamento en Lleida, Dolors Vila.

Villa ha valorado el trabajo hecho hasta ahora por el Departamento junto con las Áreas Privadas de Caza (APC) y los cazadores, con el apoyo del Cuerpo de Agentes Rurales, así como las medidas aplicadas en el marco de la Mesa del Conejo con el fin de minimizar los daños a la agricultura y ha añadido que "aunque no se ha llegado a la densidad óptima, han permitido frenar el crecimiento de conejos y, por lo tanto, los daños. Por eso podemos decir que las medidas aplicadas han funcionado. Pero el campesinado sigue sufriendo daños, y por eso no paramos sino que ampliamos las medidas de control para este 2024, a la vez que su alcance geográfico y temporal".

Asimismo, para hacer más eficiente la aplicación de las medidas tomas dentro de la DEC, se establece también su ejecución dentro del periodo comprara desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 con el fin de intensificar las capturas sobre la población de conejo adulta y sobre los individuos reproductores, en el momento en que la densidad de la población es más baja, siendo así su captura más efectiva.

La nueva declaración incluye hasta 289 áreas de caza en un total de 5.194 km2; y será vigente hasta el 30 de abril 2025, hecho que permite incluir las actuaciones excepcionales por daños fuera del periodo hábil del conejo, agilizando los procedimientos administrativos. No obstante, el objetivo de capturas se establece sobre 94 APC, con una superficie de 2.140 km2, núcleo donde se registra daños; y el sumatorio de conejos a capturar en esta zona se sitúa en 311.743.

De acuerdo con los resultados de los censos de otoño y de invierno del Programa de Seguimiento de Mamíferos del Departamento, anualmente se evaluará las densidades de población de conejo con el fin de determinar la conveniencia de modificar el ámbito de actuación y la idoneidad de volver a declarar la emergencia cinegética.

Además, como en el anterior DEBO, se autoriza, excepcionalmente, los titulares de las APC incluidas con el fin de alcanzar el número de capturas mínimas a realizar durante la declaración, y se establece que en caso de no alcanzar los objetivos el Departamento podrá acordar la ejecución subsidiaria de medidas excepcionales de gestión cinegética sobre un área de caza cuando el titular cinegético no presente ninguna comunicación previa de actuación cinegética, cuando no se alcance los objetivos de captura establecidos, o cuando se perciba daños a la agricultura y estos no hayan sido atendidos. También se contempla, si procede, la tramitación de urgencia del procedimiento administrativo para reducir determinados plazos establecidos.

Seguimiento y acciones acordadas en la Mesa de Cogestión

Por parte de la Administración, además de las mesas de cogestión del conejo haciendo seguimiento con el sector del plan de acción, evaluándolo, y consensuando actuaciones, en las áreas de caza donde se declara la emergencia cinegética se autoriza a los titulares cinegéticos la caza excepcional del conejo de bosque hasta fecha 30 de abril 2025. Se permite cazar todo el año y cada día de la semana sin autorización expresa, excepto en Zonas de Especial Protección de las Aves (ZEPA), dónde hace falta autorización, o cuándo por riesgo de incendios forestales se active el nivel de peligro extremo o del Plan Alfa 3 no se podrá cazar en los municipios afectados. El destino de los ejemplares capturados puede ser para consumo propio, o bien para comercializar en establecimientos autorizados.

Las nuevas metodologías de control de población se centran en equipos propios y especializados sobre el terreno que trabajan en diferentes acciones como las capturas nocturnas o la colocación de más trampas, dando respuesta a comunicaciones de daños; el chipaje gratuito de los hurones propiedad de los cazadores, cuyo precio asume el Departamento, entre otras acciones.

En este sentido, Vila ha remarcado que "hay que mantener el esfuerzo que se va haciendo también con acciones de más largo recorrido, seguir fomentando los métodos efectivos como la caza con uso de hurones, las actuaciones de autoprotección de los cultivos, además de otros de nuevas como el control de conejos con la modalidad de acecho nocturno con puntos fijas y visor nocturno, y seguir centrándose en la disminución de los daños".

Balance positivo de la anterior DEC

Les medidas implementadas por el Departamento durante la vigencia de la anterior DEC permitieron hacer un balance positivo de los objetivos asociados, que apuntaba que el 74% de las APC incluidas dentro de la Declaración, equivaliendo a 67 áreas de caza, habían alcanzado el cumplimiento de los objetivos fijados de capturas de conejo, habiendo hecho un total de 376.373 en este conjunto. El 26% restante (24) no había llegado al 100% de cumplimiento. En este caso, pero la tasa media de consecución de estas fue del 57%, con un total de 61.212 capturas.

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