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TRIBUNALES LAVADO DE CARA A UNA NORMA DE 1882

La justicia penal se pone al día

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El decano del Col·legi de l’Advocacia de Lleida, Jordi Albareda.

El decano del Col·legi de l’Advocacia de Lleida, Jordi Albareda.SEGRE

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El gobierno central ha elaborado un anteproyecto de reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal que prevé poner al día la actual norma, de 1882, modificada 80 veces. El anteproyecto contempla, entre otras novedades, que la Fiscalía se encargará de la instrucción de las causas y el Juez de Garantías controlará que no se vulneren los derechos fundamentales de los afectados en el proceso. “Se trata de una reforma radical, de un alcance extraordinario, y muy necesaria”, explica el decano del Col·legi de l’Advocacia de Lleida, Jordi Albareda, en la entrevista que se publica en esta página. El gobierno trabaja en esta reforma, que implantará en España el sistema vigente en toda Europa salvo Francia y Austria, desde hace una década. En concreto, desde 2011, con Zapatero en la Moncloa. El traspaso de la instrucción a la Fiscalía ha provocado ciertos recelos por el carácter jerárquico del Ministerio Fiscal y su relación con el Ejecutivo. No ha ayudado precisamente a acallar estas suspicacias el hecho de que la actual Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, fuera nombrada por un gobierno del que había sido ministra de Justicia. Preguntado por el anteproyecto de reforma, el fiscal-jefe de Lleida, Juan Boné, se muestra de acuerdo con sendos artículos del catedrático de Derecho Penal Gonzalo Quintero Olivares y el fiscal Antonio Zárate. “Es preciso un debate profundo sobre el Ministerio Fiscal en España, evitando la tentación de frivolizarlo vinculándolo a personas y acontecimientos”, dice el catedrático Quintero; “el eje de cualquier cambio legislativo debe ir orientado a corregir defectos, tranquilizar a la opinión pública y despejar cualquier duda de injerencia del gobierno”, afirma el fiscal Zárate. Otra novedad importante del anteproyecto es vetar a partidos y sindicatos en la acción popular para evitar que intereses espurios condicionen una causa. Eso es “una necesidad imperiosa”, según el decano de los abogados leridanos. Albareda cree que se debería aplicar sin necesidad de esperar a la entrada en vigor de la ley.

La reforma pretende equipararse con el contexto europeo, ya que en casi todos los países la Fiscalía instruye y el juez garantiza los derechos fundamentales. ¿Qué ventajas tendrá?

Es preciso un debate profundo sobre la Fiscalía, según este catedrático de Derecho Penal

Efectivamente, en lo que se refiere al papel del Fiscal en la dirección de la investigación penal, la reforma es una exigencia del Reglamento Europeo del año 2.017 sobre la Fiscalía Europea. Pero va mucho más allá en su voluntad de modernizar el procedimiento, hacerlo mas ágil y regular nuevas figuras en relación a la detención, la búsqueda de nuevas medidas cautelares alternativas a la prisión provisional, el control periódico de la cárcel preventiva una vez acordada o nuevas prácticas de investigación, entre otras muchas. Se trata de una reforma radical, de un alcance extraordinario, y muy necesaria. Con la disociación entre la dirección de la investigación a cargo del Fiscal y la garantía de los derechos individuales de los investigados atribuida al Juez de Garantías, se profundiza en la imparcialidad del órgano judicial. Se separan tareas que son heterogéneas y responden a dos necesidades complementarias pero diferentes. Considero que es una buena manera de profundizar en la imparcialidad y las garantías en la investigación. Asimismo, la dirección de la investigación por parte del Fiscal, con un amplio abanico de facultades, podrá facilitar la agilidad del proceso siempre y cuando la Fiscalía tenga las dotaciones materiales y humanas necesarias, que sin duda deberían ser muchas y muy exigentes. Es pues una mejora en tanto que ambos, Fiscal y Juez de Garantías, verían reforzadas sus respectivas funciones, sin perjuicio de los cambios que se puedan introducir en la tramitación normativa del anteproyecto.

Se prevé vetar a partidos y sindicatos en la acción popular. ¿Puede ser una medida para evitar que intereses espurios condicionen una investigación?

Es una necesidad imperiosa para la que no habría que esperar a la entrada en vigor de la ley que resulte del actual anteproyecto. Recordemos que se prevé que la ley no entrará en vigor hasta pasados 6 años de su aprobación y posterior publicación. Más allá de quien puede ejercer la acción popular, la propuesta atribuye al Juez de Garantías el control de seriedad y legitimidad de los intereses de quien pretenda ejercer la acusación. Es una función que ahora ya tiene el juez instructor y en la que hay que ser muy exigente en el análisis del caso concreto.

¿Hay riesgo de que con esta reforma se pierda independencia por el carácter jerárquico de la Fiscalía y por el hecho que el gobierno elige al Fiscal General?

El anteproyecto de ley prevé cambios en la estructura organizativa de la Fiscalía mediante la creación de equipos autónomos y la atribución de nuevas funciones como la de informar a la opinión pública sobre el curso de las investigaciones, entre otros. Serán necesarios cambios en el Estatuto del Ministerio Fiscal que garanticen esta autonomía y profundicen en el respeto a las discrepancias de estricta técnica jurídica entre los equipos encargados de la investigación y sus superiores. No obstante, no se trata solo de introducir cambios normativos, sino cambios en la cultura política y la forma de ejercerla sin instrumentalizar la justicia.

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