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TRIBUNALES TERRORISMO

Estrasburgo avala a España por no conmutar las penas a presos etarras

Tras una demanda presentada por los terroristas “Santi Potros”, “Pakito” y Plazaola || El TEDH les otorga, sin embargo, una indemnización de 4.000 euros

Vista general el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo.

Vista general el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo.EFE

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El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) ha dado la razón a la justicia española por no rebajar de sus condenas el tiempo que tres etarras han estado en cárceles francesas, una sentencia que sorprendió y alivió a las víctimas del terrorismo. En un esperado fallo cinco años después de que el TEDH diera la razón a los etarras con la anulación de la doctrina Parot, que supuso la excarcelación de casi un centenar de terroristas, asesinos y violadores, el tribunal europeo ha decidido respaldar la doctrina del Tribunal Supremo y del Constitucional.

La sentencia afecta a los etarras Santiago Arróspide Sarasola, “Santi Potros”; Alberto Plazaola Anduaga y Francisco Múgica Garmendia, “Pakito”, condenados en Francia y, tras cumplir la pena, extraditados a España y condenados por varios atentados y asesinatos perpetrados entre 1987 y 1993. Los tres demandaron a España por la supuesta vulneración de tres artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los etarras “Santi Potros”, “Pakito” y Plazaola demandaron a España ante el TEDH

Un fallo favorable a sus intereses, como así temían las víctimas del terrorismo, podría haber acelerado la excarcelación de una treintena de etarras, una decena de ellos con una salida de prisión casi inmediata.

La clave de la sentencia es que, a juicio del tribunal, España no vulneró los artículos 7 (no hay pena sin ley) y el 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, lo que se diferencia claramente del caso Inés del Río, que motivó el fin de la Parot. La Corte europea sólo les ha dado la razón en uno de carácter procesal (Derecho de acceso a un tribunal), ya que el TC rechazó sus recursos de amparo por no agotar correctamente las vías judiciales internas. Ese rechazo, dice el fallo, supuso una “carga desproporcionada”, por lo que otorga una indemnización de 2.000 € a “Santi Potros” y 1.000 € a los otros dos.

Sorpresa general y alivio entre las víctimas tras la sentencia “Sorpresa” fue ayer una de las palabras más repetidas poco después de que a las diez se conociera la decisión, tanto entre las víctimas, como para el Gobierno vasco, que reconoció que esperaba otro pronunciamiento. Tampoco ocultaron su sorpresa los abogados de los etarras demandantes, que no descartan recurrir y pidieron que el Gobierno español corrija a la justicia europea con una modificación de la ley que en 2014 traspuso la decisión marco adoptada por la UE en 2008 que sí permite acumular en el Estado propio las penas cumplidas en otros comunitarios. En el lado opuesto, las asociaciones de víctimas del terrorismo admitían también que tenían pocas esperanzas porque generalmente la corte europea siempre ha respaldado los recursos de los presos de ETA. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, mostró su “satisfacción jurídica” por el respaldo del TEDH.

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