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El Supremo revisará la sentencia que absolvió a dos tuiteros

Una asociación de guardias civiles pide que sean condenados por delitos de odio y su recurso ha sido admitido a trámite

Imagen de la sede en Madrid del Tribunal Supremo.

Imagen de la sede en Madrid del Tribunal Supremo.EUROPA PRESS

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El Tribunal Supremo ha admitido el recurso interpuesto por el abogado de la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), JorgePiedrafita, para que sea revocada la absolución por los tuits de odio, que desde las redes se vertieron contra el agente Víctor Caballero, a cuya viuda e hija representa, y su compañero Víctor Romero, el 14 de diciembre de 2017, el mismo día que fueron asesinados en Andorra (Teruel) por Norbert Feher, alias 'Igor el Ruso'.

El letrado ha calificado de "execrables" los mensaje que hicieron en redes sociales cuatro investigados. La causa fue enjuiciada por el Juzgado de lo Penal de Teruel donde quedó probado que los acusados habían realizado los comentarios en redes sociales, en los que se llamaba a los agentes asesinados con expresiones de "nazis, cuerpo militar ablanda abuelas" y "que su muerte estaba justificada como la de los heroinómanos de los años 80 ya que habían elegido la profesión de guardias civiles".

El juzgado absolvió a los acusados de los delitos de injurias a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de odio.

Tras esta sentencia, AEGC, a través de su letrado, formuló un recurso ante la Audiencia Provincial que revocó parcialmente la absolución condenando a los acusados a un delito de injurias graves contra miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, si bien se les mantenía la absolución por el delito del odio al entenderse que los guardias civiles no son un colectivo vulnerable merecedor de protección.

Asimismo, se interpuso otro recurso ante el alto tribunal, ya que se entiende, ha expuesto Piedrafita, que "en el precepto que regula el delito de odio en ningún caso se estableció una lista de números clausus, que en la práctica puede implicar una discriminación entre unas víctimas y otras y, sobre todo, y más importante, no debe olvidarse que los agentes, además de guardias civiles, cuando se vertieron las expresiones eran dos seres humanos asesinados violentamente y no se podían defender, constituyendo eso de forma clara a condición de víctimas, según reiterada jurisprudencia del mismo Tribunal Supremo y que ello sí que les hace sujetos pasivos merecedores de protección frente al delito del odio".

En los próximos días, la acusación, formalizará la demanda de recurso en el plazo fijado por el Supremo, "pese al escaso plazo concedido para ello", para que "se revoque la absolución totalmente y se condene por el delito de odio, ya que la libertad de expresión nunca puede suponer patente de corso para vulnerar los derechos de dos agentes ejemplares fallecidos en acto de servicio mientras protegían a los demás, y atacar a la viuda, hija y resto de familiares cuando estaban conociendo tan terrible pérdida", ha continuado diciendo su abogado.

La AEGC y su letrado han resaltado que van a luchar de forma "incansable" para proteger sus derechos, y que "acciones de incitar al odio o injurias a víctimas en acto de servicio puedan quedar impunes o salgan gratis".

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